Tesis Jurisprudencial de 26 de Febrero de 1991 sobre COMUNICACION DEL DESPIDO POR EL TRABAJADOR SUPLE FALTA DEL EMPLEADOR.

Fecha de Resolución26 de Febrero de 1991

COMUNICACION DEL DESPIDO POR EL TRABAJADOR. SUPLE FALTA DEL EMPLEADOR:

Que si bien es cierto lo que alega el recurrente y que además por el examen de los documento se comprueba que el trabajador fue despedido el 81 de junio de 1981, con lo que suplió la falta de comunicación del patrono dentro del plazo establecido por el artículo 81 del Código de Trabajo,

pero esta situación no da lugar a la casación de la sentencia si el fallo está justificado....

Sentencia No. 21, 26-02-91, B.J.N. 962-964, página 169.

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