Consultorio mercantir

Páginas25172522

"Consultorio mercantir"

José Luis Táveras

10 respuestas claves sobre la nueva Ley de Registro Mercantil.

Hace algunos días participé en un conversatorio organizado por el Consejo de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio y Producción Inc. de Santiago sobre la nueva ley de Registro Mercantil, 3-02, en ocasión de su entrada en vigencia. En el marco de la aludida actividad, se suscitaron abrumadoras interrogantes en el auditorio respecto del alcance de esta pieza legal. Animado par el interés de disipar las aparentes brumas que gravitan en torno a la aplicación de esta nueva ley, me permito hacer algunas precisiones concernientes a ciertos aspectos debatidos en el productivo encuentro. Este cuestionario es sencillo, como llanas y directas son las respuestas; su forma simple responde al deliberado interés de que pueda ser comprendido aún por el público que no tenga niveles de especialización profesional en el ámbito legal. Si resulta de alguna utilidad, autorizo a cualquier Cámara de Comercio y Producción del país a usarlo en manuales instructivos o en cualquiera

otra publicación.

A mis amigos José Santiago Reynoso Iván Reynoso y José Darío Suárez.

Deben someterse al registro civil los documentos constitutivos de las sociedades anónimas antes de obtener su inscripción en el Registro Mercantil?

  1. Nunca. Justamente el interés de la Ley 3-02 es crear un sistema registra autónomo y los agentes que operanel tráfico mercantil (comerciantes) y actos derivados de la actividad comercial, que no responde enteramente a las fines, utilidades y requerimientos del registro civil de actos judiciales y extrajudiciales. De esto resulta que todos los actos y documentos que la Ley 3-02 somete al registro (Art. 4) están absolutamente dispensados del registro civil. En tal sentido, esta disposición derogó expresamente el artículo 18 de la Ley de la Ley 2324, del 20 de mayo de 1885, sobre el registro de actos judiciales y extrajudiciales, para establecer lo siguiente: "Están exceptuados de la formalidad del registro actos sujetos a registro establecido en la ley sobre Registro Mercantil". De manera que ninguna Cámara Oficial de Comercio y Producción deberá exigir que los documentos constitutivos de una sociedad anónima sean previamente registrados en las Oficinas del Registro Civil.

    ¿Tengo que pagar el derecho del impuesto proporcional sobre registro de documento de la Ley No. 2324, del 20 de mayo de 1885 sobre los documentos constitutivos de las sociedades anónimas?

  2. No. Si la reforma introducida al artículo 18 de esta ley por la Ley de Registro Mercantil exoneró de la formalidad del registro civil los documentos constitutivos de la sociedad anónima, entonces como más razón se impone la consecuente liberación del pago del impuesto proporcional que implicaba el registro del contrato de sociedad o los Estatutos Sociales. De este modo se reduce sustancialmente el costo del proceso constitutivo de una compañía por acciones en la República Dominicana que figuraba entre las primeras diez naciones del mundo en costos y tarifas para la organización legal o constitución de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR