Adquisición del derecho sobre una marca evolución nacional del sistema declarativo hacia el sistema atributivo

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"Adquisición del derecho sobre una marca: evolución nacional del sistema declarativo hacia el sistema atributivo"

Mary Fernández

Abogada, presidenta de la Asociación Dominicana de Propiedad Intelectual.

La marca, o seña distintiva, indica que ciertos bienes o servicios han sido producidos o proporcionados por una persona o empresa determinada ; es el vehículo que utilizan las empresas para capturar la clientela (‘goodwill’ según los autores norteamericanos) y dominar los mercados. La marca lleva implícito el “goodwill”, es decir, la clientela, el sector de aquellos consumidores que prefieren habitualmente un determinado producto marcado, lo que conlleva un valor económico. En el caso de la marca famosa o renombrada, la doctrina y jurisprudencia han evolucionado al proteger no solamente al consumidor de la posible confusión entre un producto o servicio de otro, sino al titular de la marca de la dilución o pérdida de unicidad de la misma.

Los derechos que recaen sobre una marca tienen un reconocimiento tal que han sido llevados a la categoría de derechos fundamentales, protegidos ya constitucionalmente.

Su titular disfruta de un derecho exclusivo de usar la marca en el territorio, para los productos o servicios que abarca la marca y durante el tiempo que dure el registro. Asimismo, la ley otorga otro derecho, aun más poderoso que el derecho de uso: otorga el derecho a prohibir a terceros el uso no autorizado de la marca.

El uso de una marca, en los términos de la ley, se entiende como la introducción en el comercio, la venta, la oferta en venta o distribución de productos o servicios con el signo; la importación, exportación, almacenamiento o transportación de los productos con el signo; así como el uso en publicidad, publicaciones documentos, comunicaciones comerciales escritas u orales. Los usos antes descritos no son limitativos, pudiendo entenderse como uso otros actos que infrinjan el derecho de exclusividad sobre la marca. Este ius prohibendi es el arma principal que tiene el empresario o comerciante para defender los productos o servicios marcados de otros que traten de aprovecharse del éxito alcanzado por los mismos...

SISTEMAS DE ADQUISICIÓN DEL DERECHO SOBRE UNA MARCA:

Hay tres sistemas de adquisición del derecho sobre una marca:

1) El Sistema Atributivo: aquel en el que el derecho surge del registro de la marca. “En síntesis, en el sistema atributivo, quien primero solicita una marca tiene posibilidades de obtener su concesión. La concesión implica el derecho exclusivo sobre la marca, y la titularidad de acciones civiles y penales, y medidas cautelares previas contra infractores.”

2) El Sistema Declarativo: aquel en el que el derecho surge del uso previo de la marca. El sistema declarativo, fundado en el uso de la marca, fue el sistema que prevaleció en los inicios del sistema de marcas. La propiedad de la marca pertenecía a aquel que primero la usara. El registro de la marca...

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