Tesis Jurisprudencial de 14 de Diciembre de 1935 sobre EMBARGO EJECUTIVO.

Fecha de Resolución14 de Diciembre de 1935

1882. EMBARGO EJECUTIVO.

Oposición a la venta. Finalidad de la puesta en causa o de la intervención del embargado. En el espíritu del art. 608 del Código de Procedimiento Civil, la parte embargada debe figurar en causa con el fin de que la sentencia que intervenga le sea común. Este fin puede ser también obtenido mediante la intervención de dicha parte, que "asegura, además, economía de tiempo y de gastos, sin peligro alguno, ya que los derechos del embargante quedan intactos".

(14 diciembre 1935, B.J. n. 305, p. 488).

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