El fideicomiso de garantía ángulos y vértices

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"El fideicomiso de garantía: ángulos y vértices"

Aquiles Calderón

Abogado, especializado en la práctica del Derecho Civil, Comercial y Financiero; profesor universitario, postgrados en Administración Fiduciaria Internacional y en Derecho Civil. Máster en Derecho Privado, Francés, Europeo e Internacional. Economista.

RESUMEN:

El fideicomiso de garantía constituye una de las modalidades de negocios fiduciarios de uso más extendido. Los diversos atributos del fideicomiso, y particularmente su flexibilidad, versatilidad y funcionalidad, lo convierten en un excelente instrumento de garantía con marcadas ventajas técnicas y operativas frente a los mecanismos tradicionales, como la fianza, la prenda y la hipoteca.

PALABRAS CLAVES:

Fianza, fideicomiso, fideicomitente, fideicomisario, fiduciario, garantía autónoma, hipoteca, pacto comisorio, patrimonio autónomo, prenda, República Dominicana.

La figura del fideicomiso cada día cobra más relieve público y concita mayor atención de la comunidad jurídica nacional. La infinita diversidad de aplicaciones que permite contribuye a generar ese entusiasmo por comprender sus "interioridades" y particularmente su lógica de funcionamiento. Y es que la elasticidad que ofrece este instrumento para adaptarse a las más peculiares situaciones, su compatibilidad con cualquier otro negocio jurídico y su maleabilidad para hacer frente a las situaciones jurídicas más intrincadas, lo convierten en una herramienta ideal para la canalización de inversiones y la armonización de intereses encontrados. Tan solo con palpar que un mismo vehículo jurídico puede ser utilizado de manera natural para fines de planificación sucesoral, transferencia de bienes corporales o incorporales, administración de capitales, constitución de garantías, construcción de edificaciones, desarrollo de proyectos públicos o privados de infraestructura o de servicio, implementación de planes turísticos, realización de obras caritativas, culturales o de bienestar social, entre otras tantas opciones de gestión o de inversión —todo ello sin que haya necesidad de establecer vínculos de sociedad ni involucrarse en la constitución y manejo de una nueva estructura empresarial o corporativa— no deja de resultar impresionante y de cautivar la mirada de quienes atentos siguen los pasos que viene marcando esta operación en nuestro país. No basta, pues, con simplemente contemplar el contorno de esta figura y conocer un poco de su pasado, tarea a la que hemos ya dedicado algunas jornadas. Para comprender su verdadera dimensión y esencia es preciso examinar cómo se desempeña ante situaciones concretas, cuáles pudieran ser sus ventajas frentes a otras fórmulas factibles, qué valor agrega a la ecuación jurídica o de negocios y cuál ha podido ser su comportamiento en otros escenarios. Quedémonos, por lo pronto, con una de sus manifestaciones más útiles y extendidas: el fideicomiso de garantía.

CONSTITUCIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA GARANTÍA:

Recordemos que en el fideicomiso una o varias personas (fideicomitentes) transfieren determinados bienes o derechos (patrimonio fideicomitido) a una entidad fiduciaria para que esta los administre o disponga de ellos en provecho de otras personas (fideicomisarios), dentro de los cuales podrá encontrarse el propio fideicomitente.

En el fideicomiso de garantía, el fideicomitente —es decir, quien transfiere los bienes o derechos al fiduciario— es o se constituye en deudor o en garante del cumplimiento de una obligación en provecho del fideicomisario, que es su acreedor. Los bienes así aportados al fideicomiso quedarán expresamente afectados o especializados al cumplimiento de ese propósito: servir de garantía al pago de una deuda en caso de que la prestación acordada no sea cumplida en la forma originalmente pactada por las partes. A primera vista, los efectos del fideicomiso como instrumento de garantía no parecerían distanciarse mucho de las características típicas de las garantías reales tradicionales: pignoración o afectación de un bien corporal determinado para garantía del pago de una obligación. Sin embargo, cuando profundizamos en los detalles técnicos y en la dinámica de funcionamiento de la operación, percibimos claramente las diferencias y ventajas del fideicomiso de garantía.

SIMILITUDES Y DIFERENCIAS FRENTE A LAS GARANTÍAS TRADICIONALES:

Una de las peculiaridades que resaltan del fideicomiso cuando tratamos de compararlo o identificar sus ángulos y vértices con respecto a otros negocios jurídicos afines es precisamente su difícil asimilación a las clasificaciones tradicionales de las operaciones y contratos típicos. En efecto, si partimos de la distinción ancestral entre garantías personales y reales, notaremos que el fideicomiso no corresponde propiamente a ninguna de las dos variantes. Se asimilaría, más bien, a las denominadas garantías autónomas, surgidas de la natural evolución de los negocios y de la creatividad de la doctrina, pero refrendada también desde hace buen tiempo en la jurisprudencia y en el derecho positivo del país originario de nuestra legislación.

Ese sello de independencia de la garantía con respecto al créditocaracterístico de las garantías autónomas y que ha permitido darle cuerpo a un mecanismo en...

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