Armonizacion de la Ley de Patentes de Invencion Modelos de Utilidad

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Armonización de la Ley de Patentes de Invención, Modelos de Utilidad y Diseños Industriales de Nicaragua y el Artículo 55 de su Reglamento de Aplicación con el DR-CAFTA

Guy Jose Bendaña Guerrero

Catedrático de Derecho de Propiedad Industrial y autor de varios libros sobre la materia. Su último libro titulado Curso de Derecho de Propiedad Industrial, es usado en las universidades de Nicaragua como libro de texto de esta disciplina.

RESUMEN:

Se estudian cada uno de los artículos de la Ley de Patentes de Invención, Modelos de Utilidad y Diseños Industriales de Nicaragua, y su reglamento, reformados con la finalidad de adecuarlos a las disposiciones del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos, Centroamérica y la República Dominicana (DR-CAFTA).

PALABRAS CLAVE:

Ley de patentes de invención, modelos de utilidad y diseños industriales de Nicaragua, DR-CAFTA, patente, invenciòn.

  1. INTRODUCCIÓN:

    No obstante referirse este estudio a la Ley de Patentes de Invención, Modelos de Utilidad y Diseños Industriales de Nicaragua No. 354, de fecha 19 de septiembre de 2000 (en lo adelante, “Ley”), considero que es de interés para los colegas de la República Dominicana y de los países centroamericanos, porque posiblemente sus legislaciones sobre propiedad intelectual han sido o serán objeto de reformas para armonizarlas con el Tratado de Libre Comercio entre Estados Unidos, Centroamérica y República Dominicana (DR-CAFTA). Algunas de las reformas introducidas a la Ley son innecesarias, porque el fin perseguido por ellas ya estaba contemplado en otras leyes; por ejemplo, la relativa a que las sentencias y resoluciones en esta materia se dicten por escrito. Otras hacen puntualizaciones excesivas o innecesarias, como la de los requisitos de utilidad industrial específica, sustancial y creíble de la invención. Sin embargo, las reformas han cumplido la finalidad de armonizar la Ley con el mencionado tratado de libre comercio.

  2. FINALIDADES DE LAS REFORMAS Y ADICIONES:

    La Ley fue reformada y adicionada -al igual que las demás leyes que comprenden la propiedad intelectual- para adecuarla al DR-CAFTA, y para corregir los errores de que estas adolecían.

    Por razones de espacio, solo abordaré en la forma más breve posible las reformas y adiciones relacionadas con el mencionado tratado de libre comercio.

  3. REFORMAS PARA ARMONIZAR LA LEY Y SU REGLAMENTO CON EL DR-CAFTA:

    1. Adición al art. 11 sobre la autorización a terceras personas

      Se permitirá que una tercera persona use la materia de una patente...

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