Sentencia nº 902 de 2ª Sala de la Camara Penal, 7 de Noviembre de 2003
Fecha de Resolución | 7 de Noviembre de 2003 |
Emisor | Segunda Sala de la Camara Penal |
FECHA 7/11/2003
MATERIA CRIMINAL
INVOLUCRANTE (S) SEFERINO HEREDIA HEREDIASEFERINO HEREDIA HEREDIA
ABOGADO (S)
INVOLUCRADO (S)
ABOGADO (S)
República Dominicana
Poder Judicia
P. No. 502-2003-00040
EN NOMBRE DE LA REPUBLICA
En la ciudad de Santo Domingo de G., Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, hoy día siete (07) del mes de noviembre del año dos mil tres (2003), año 159 de la Independencia y 139 de la Restauración
LA SEGUNDA SALA DE LA CAMARA PENAL DE LA CORTE DE APELACION DEL DISTRITO NACIONAL, regularmente constituida, en el salón donde acostumbra celebrar sus audiencias públicas, situado en la primera planta del Palacio de Justicia del Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, en la ciudad de Santo Domingo de G., Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, integrada por los Magistrados, JULIO CESAR CANO ALFAU, J.P. en funciones; D.M.D.S.P.G., J.; D.P.A.S.R., J.; presente la LICDA. DULCE QUIÑONEZ, Abogada ayudante del Procurador General de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, asistidos de la infrascrita secretaria y del Alguacil de Estrados de T.M.F. en sus atribuciones criminales, se ha constituido en audiencia pública para conocer del recurso de apelación interpuesto por S.H.H.. en su propio nombre, en fecha quince (15) del mes de octubre del año dos mil dos (2002), contra la sentencia No. 463-2002, de fecha quince (15) del mes de octubre del año dos mil dos (2002), dictada por la Quinta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional; en virtud de las disposiciones legales siguientes: artículos 331 del Código Penal Dominicano, modificado por la Ley 24-97, sobre Violencia Intrafamiliar, 126 de la Ley 14-94, Código del Menor; dicta la siguiente sentencia cuyo texto integro dice así
OIDO: A.M.J.P. en funciones en la apertura de la audiencia
OIDO: A la Alguacil de Estrados de turno de esta Segunda Sala en la lectura del rol de audiencia
LLAMADO Y OIDO: Al acusado S.H.H., en sus generales de ley, manifestar a esta Corte que es dominicano, mayor de edad, no porta cédula de Identidad y Electoral, ex-policía, soltero, domiciliado y residente en la calle S.B.N. 40, del sector S.B., recluido en la Cárcel Modelo de Najayo, celda 2, de esta ciudad
LLAMADO Y OIDO: A la querellante ALTAGRACIA AYBAR, en sus generales de ley, manifestar a esta Corte que es dominicana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 012-0066816-6, domestica, soltera, domiciliada y residente en la calle Rio Grande No. 35, Los Jardines de G., de esta ciudad
OIDO: A.M.J.P. en funciones ofrecerle la palabra al abogado de la defensa para que externe sus calidades
OIDO: A.J.D.M.P.Y.P., abogado de oficio de esta honorable Corte, en defensa del acusado S.H.H.
OIDO: A.M.J.P. en funciones ofrecerle la palabra al represente del Ministerio Público para que apodere a la Sala del expediente de que se trata
OIDO: A la LICDA. DULCE QUIÑONEZ, Abogada Ayudante del Procurador General de esta Corte, en representación del Ministerio Público, hacer la exposición del hecho objeto de la prevención y apoderar formalmente a la Corte de los recursos de apelación que se trata
OIDO: A.M.J.P. en funciones manifestar a las partes si existe algún pedimento o medida de instrucción previo al conocimiento del fondo del proceso
OIDO: A las partes manifestar a la corte que no tienen oposición al conocimiento del fondo
OIDO: A.M.J.P., ordenarle a la Secretaria darle lectura: a) Certificado medico legal de fecha veinticuatro (24) de febrero del dos mil (2000) practicado por el DR. R.R.G.; y b) Interrogatorio practicado a la menor C.O.V., en fecha once (11) de septiembre del año dos mil dos (2002), por ante el Tribunal de Primera Instancia de Niños, Niñas y Adolescentes del Distrito Nacional
OIDO: A la querellante ALTAGRACIA AYBAR, de generales que constan, en sus declaraciones dadas por ante esta Corte
OIDO: Al acusado S.H.H., de generales que constan, en sus declaraciones dadas por ante esta Corte
VISTA Y LEIDAS EN AUDIENCIA PUBLICA: Las piezas y documentos que obran en el expediente
OIDO: A.M.J.P. cerrar la instrucción del proceso, abrir los debates y ofrecerle la palabra al representante del Ministerio Público a los fines de que dictamine
OÍDO: A la LICDA. DULCE QUIÑONEZ, Abogada Ayudante del Procurador General de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, en su dictamen que finaliza así: "PRIMERO: Que se declare bueno y valido en cuanto a la forma el recurso de apelación; SEGUNDO: En cuanto al fondo, que sea confirmada en todas y cada una de sus partes, la sentencia recurrida, que declaró culpable al acusado S.H.H.; TERCERO: Se condene al acusado al pago de las costas penales del proceso."
OIDO: A.M.J.P. ofrecerle la palabra al abogado de la defensa del procesado para que concluya
OIDO: Al DR. JUAN DEL MILAGRO PEREZ Y PEREZ, abogado de oficio de esta honorable Corte, en defensa del acusado S.H.H., en sus conclusiones que textualmente dicen así: "PRIMERO: Declarar bueno y válido el recurso de apelación, por haber sido hecho de conformidad con la Ley; SEGUNDO: En cuanto al fondo que se modifique la sentencia recurrida y se le aplique el mínimo de la pena."
OIDO: A.M.J.P. en funciones, decir que la Corte se retira a deliberar
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