La teoria del delito en el actual Codigo Penal dominicano, en el de reciente aprobacion

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"La teoría del delito en el actual Código Penal dominicano y en el de reciente aprobación"

Rosalia Sosa Perez

El Código Penal dominicano, de reciente aprobación por el Congreso Nacional, no contiene ninguna definición de "delito", término del cual la teoría del delito como parte de la ciencia del Derecho Penal se ha ocupado de explicar: ¿Qué es el delito? ¿Cuáles son las características que debe de tener cualquier tipo de acción típica? ¿Es antijurídica? ¿Es punible? ¿Es atribuible? ¿Es culpable?

El lenguaje utilizado en la novel normativa se puede calificar como impreciso cuando menciona los términos de "acto", "hecho" o "conducta", y si contamos las veces a que se refiere al término "cielito" parecería la menos utilizada.

Esta es una práctica común no sólo de los redactores dominicanos ni del legislador que la aprobó. sino que en general en América Latina se siente la debilidad y la incomprensión de la importancia de la teoría del delito y del manejo técnico del hecho punible.

Esta pobre valoración de la teoría del delito como teoría de aplicación de la ley penal tiene sus orígenes en el grave déficit de las universidades, donde las facultades y escuelas de derecho no han desarrollado un modelo de capacitación profundo en este ámbito. Por otro lado, se puede atribuir a los años de atraso de la dogmática penal dominicana reflejada en la interpretación de la ley penal, va que los postulados de la teoría del delito cumplen una función mediadora entre la ley y el caso concreto, porque cada categoría de la teoría del delito hace referencia a determinados aspectos del hecho que constituyen el material objetivo al que se debe aplicar la ley.

La teoría del delito comprende un sistema que tiene por función ordenar los presupuestos en el tratamiento de los argumentos jurídicos para la solución de un caso. Está pensada para ofrecer un camino lógico para el tratamiento y solución de los casos, dentro del ordenamiento sistemático de las exigencias constitucionales para la aplicación de la pena.

Su origen se ubica por los años 1900, donde se construyó toda una relación de conceptos, los cuales a través del tiempo y a pesar de las discusiones entre las teorías causalistas y finalistas son los mismos. Sin embargo, se relaciona la teoría del delito con la teoría de la pena, reflejando la ineludible función que debe cumplir el derecho penal, lo que a su vez se vincula directamente con la forma de legitimación del castigo estatal.

El juez, el fiscal y el...

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