La defectuosa configuracion del droit de suite en la tradicion autoralista europea continental

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La defectuosa configuracion del “droit de suite” en la tradición autoralista europea-continental

Edynson Alarcón

Master en Propiedad Intelectual de la Universidad Carlos III de Madrid, magistrado de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, profesor universitario.

RESUMEN:

El droit de suite o derecho de seguimiento constituye una de las figuras menos pacíficas y de más dudosa legitimidad en la tradición europea-continental del derecho de autor. En el presente trabajo encuentran explicación, o al menos tratan de exponerse, las razones a las que obedecen esas aprensiones.

PALABRAS CLAVES:

Derecho de seguimiento, droit de suite, derecho de autor, propiedad intelectual.

INTROITO:

Desde sus orígenes en el París bohemio de finales del siglo XIX y principios del XX, el derecho de participación o droit de suite, que es como tradicionalmente mejor se le conoce, ha enfrentado los desdenes de una doctrina recelosa cada vez menos dispuesta a reconocerle legitimidad, no solo por su contenido inexacto, sino además por lo borrosa que puede resultar su configuración.

Se trata de una prerrogativa remuneratoria con base “en el hecho de que cuando la obra temprana de un artista alcanza con el transcurso del tiempo mayor valor por haber aumentado [su] reputación… éste o sus herederos tienen derecho a reclamar una parte de los beneficios de su fama”, a “seguir” esa obra y percibir una “participación” sobre el precio de las reventas que en el futuro intervengan. Cabe puntualizar que el derecho se aplica únicamente a las creaciones de la plástica, es decir a aquellas que se manifiestan por medio de las formas y el color, dando, precisamente, forma y color, a materias preexistentes.

A decir de Rams Albeza el principal problema al que se enfrenta el droit de suite en nuestro tiempo consiste en la indeterminación de los derechos que sobre las obras plásticas tienen sus poseedores no autores y aquellos otros derechos correspondientes a los autores enajenantes;3 o lo que es igual, lo difícil que resulta en estos casos tirar la línea y saber a ciencia cierta dónde y cuando terminan los de unos y comienzan los de los otros: la delgadísima frontera entre el corpus mysticum y el corpus mechanicum a propósito de las obras plásticas.

En ese mismo tenor cabe advertir que a efectos prácticos lo valioso de la obra plástica es el soporte, su fijación material. Innegablemente aquella sin este -con el perdón de los teóricos- no tiene ninguna relevancia. Por tanto, la...

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