Los testigos que muchas veces no se ven

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Los testigos que muchas veces no se ven

Héctor Dotel Matos

Los testigos que muchas veces no se ven; A: Bernardo Santana Páez, Jefe de la Policía Nacional

El criminal no puede prescindir del lugar y del tiempo; tampoco del medio o instrumento. No basta querer matar para que la muerte se produzca; no es suficiente querer robar para que el robo se verifique. La voluntad del hombre no es eficaz. Ha de obrar sobre el sujeto pasivo del delito, empleando a su vez medios materiales. Estos medios, que no siempre pueden destruirse, luego de su perpetración, son otros tantos testigos mudos que lanzan acusaciones misteriosas.

Algunas veces las pruebas que proporcionan y la convicción que producen son tales, que llegan a confundirse con la certeza absoluta. El criminal ha de ponerse en relación con el medio o instrumentos y éstos han de estarlo por fuerza con el cuerpo del delito.

El veneno, la materia explosiva, la llave falsa o la ganzúa, los troqueles para la fabricación de moneda, el puñal, la pistola, la navaja, que sirven para consumar la infracción, no pueden menos de haber sido adquiridos de algún modo por el delincuente. Demostrado el instrumento con que se cometió un crimen, y probado que el tal instrumento pertenecía a determinada persona, surge al punto la presunción de su criminalidad.

Pero debe tenerse presente que la sola circunstancia de pertenecer el instrumento del crimen a un hombre, no es bastante para afirmar con certeza que él lo cometió, pues no excluye la posibilidad de que un tercero hubiese hecho uso de él después de haberlo sustraído o de habérselo encontrado. Muchas veces la astucia de los criminales más perversos busca de esta manera la impunidad, haciendo recaer sospechas sobre el inocente, desorientando, por lo demás.

El medio puede ser ordinario o extraordinario. El primero se encuentra al alcance de todos o de muchos. El extraordinario de muy pocos. Nace de esta diferencia que los indicios fundados en los últimos son más vehementes, siendo, por otra parte, mucho más difícil su investigación.

Así, por ejemplo, en el envenenamiento ocasionado por el ácido prúsico o cualquiera otra clase de sustancia de difícil adquisición y de no fácil elaboración. Si el delito tuvo lugar en un pueblo de corto vecindario, pronto se acotan las personas que pudieron adquirir el medio.

Pero esta acotación no es suficiente a constituir indicio, ni aun al mero efecto de indagar a las personas de quienes conste que pudieron adquirir la sustancia nociva. De otra suerte los médicos y los farmacéuticos veríanse procesados tan luego como ocurriese algún envenenamiento en sus partidos.

No obstante, como en la...

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