Sexopatías y criminalidad

Páginas80379779

"Sexopatías y criminalidad"

Héctor Dotel Matos

Es el profesor Colín quien ha presentado, bajo el termino genérico de "sexopatia", una doctrina criminológica unitaria en frente de las categorías jurídicas diferentes y como son la violación, el atentado al pudor, el ultraje publico al pudor y el ultraje a las buenas costumbres, que se encuentra, bajo las denominaciones vecinas, en las legislaciones francesa, belga y suiza.

En el plano jurídico, el profesor Robert Vouin distingue claramente, entre esos diferentes "actos de inmoralidad personal", a) de un lado dos atentados: la violación y el atentado al pudor, que tienen en comun cometerse por un atentado físico contra la persona misma de sus victimas, y b) de otro lado dos ultrajes: el ultraje publico al pudor y el ultraje a las buenas costumbres, que alcanzan las victimas, si no, por un contacto físico táctil, sí através de la vista o el oído.

Según la definición dada en el Código Penal suizo, la violación es el hecho de "aquel que, usando la violencia o amenazas graves, habrá constreñido a una mujer a practicar el acto sexual fuera del matrimonio") "aquel que haya hecho realizar a una mujer el acto sexual fuera del matrimonio, después de haberla, a este efecto, puesto inconsciente o fuera de estado de resistir" (Art. 187) Mucho más difícil de definir, el atentado al pudor, que comporta una serie de variantes jurídicas en función principalmente de la edad de la víctima, es de hecho una categoría residual que engloba todos los actos inmorales no constitutivos de violación.

El ultraje publico al pudorentre nosotros, es solamente una variedad del ultraje publico a las buenas costumbres y consiste en una exhibición publica susceptible de ofender el pudor de aquellos que pueden ser testigos: es el exhibicionismo que retiene sobre todo la atención del criminólogo, pero la noción de buenas costumbres es esencialmente evolutiva y la categoría jurídica puede recubrir los casos límites tales como ciertos besos dados en público, o la desnudez ofrecida en espectáculo. Así, en 1965, la Corte de Casación francesa reconoció en el hecho de la jugadora de ping-pong vestida con un simple "monoquini", cuyos senos desnudos, "una exhibición provocadora de naturaleza que ofende el pudor público y hiere el sentimiento moral de aquellos que han podido ser los testigos", constituyendo el delito. En cuanto al ultraje publico a las buenas costumbres propiamente dicho, el enfoca muy generalmente las obscenidades, sea...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR