Tesis Jurisprudencial de 1 de Enero de 1987 sobre SOBRESEIMIENTO.

Fecha de Resolución 1 de Enero de 1987

1293. SOBRESEIMIENTO.

Acción penal. Excepción prejudicial. Plazo. En caso de suscitarse una cuestión respecto de la propiedad de un terreno, en el curso de una causa correccioNal, el juez de lo correccional puede, al sobreseer el conocimiento de la acción penal hasta que se decida la cuestión prejudicial propuesta, fijar un plazo al prevenido para que éste inicie sus procedimientos sobre la alegada propiedad, porque el orden público está interesado en que la represión de un delito no esté suspendida por un tiempo indefinido.

(29 febrero 1932, B.J.N. 259, p. 48).

Ver No. 408.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR