Sentencia nº 026-2013 de Tribunal Superior Administrativo de 30 de Abril de 2013

Fecha de Resolución30 de Abril de 2013
EmisorTribunal Superior Administrativo

la República Dominicana, a los TREINTA (30) días del mes de ABRIL del año dos mil trece (2013), año 170' de la Independencia y 150' de la Restauración.

LA TERCERA SALA (LIQUIDADORA) DEL TRIBUNAL SUPERIOR ADMINISTRATIVO, de Jurisdicción Nacional, regularmente constituido en el salón donde acostumbra celebrar sus audiencias, sito en la calle J.S.R., No.1-A, esquina S.S., sector de Gazcue, con la presencia de sus jueces: F.E.F. DE LA CRUZ, J.P.; F.C.A., J., F.F.C., J.; asistidos de la infrascrita Secretaria, ha dictado en sus atribuciones de lo Contencioso Tributario, la sentencia que sigue:

CON MOTIVO DEL RECURSO DE RETARDACIÓN, interpuesto por la razón social TRANSPORTE ANTHONY, S.A., con RNC No. 101-80302-9, con domicilio social ubicado en la calle 8, No. 27, Ensanche Isabelita, Distrito Nacional, representada por su presidente A.R.M.E., dominicano, mayor de edad, y demás generales hábiles, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al Lic. J.P.U.P., dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad y electoral No.001-0412052-2, matrícula del colegio de Abogados de la República Dominicana No. 35450-435-07, con estudio profesional abierto en el edificio Uresa, ubicado en la calle E.L.-Eckman, No.37, A.H., Distrito Nacional, lugar donde la recurrente elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente instancia, CONTRA la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).

ANTECEDENTES
  1. Descripción

    En fecha 7 de octubre del año 2010, la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), le notifica a la recurrente la Comunicación Núm. SDF No. MNS 1009037728, contentiva de la supuesta deuda, que la parte accionante supuestamente le debe a la parte accionada mediante el ilegal resultado de la fiscalización practicada por el departamento de auditoría externa de la DGII, realizada a las declaraciones del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) correspondiente al periodo comprendido desde el 1ro. de enero al 31 de diciembre del año 2007.

  2. Presentación del recurso

    En fecha 21 de noviembre del año 2011, fue recibida por secretaría de este Tribunal la instancia contentiva del Recurso de Retardación, instrumentada por el Lic. J.P.U.P., a nombre y representación de la razón social TRANSPORTE ANTHONY, S.A., contra la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).

  3. Fundamento del recurso

    Ordenar y poner la inmediata puesta en mora a la parte accionada Dirección General de Impuestos Internos (DGII), para que esta falle en el plazo y el tiempo que este tribunal tenga a bien escoger.

  4. Hechos y argumentos de la recurrente

    La parte recurrente expresa que mediante la Comunicación Núm. SDF No. MNS 1009037728, la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), le notifica la suma de cuatrocientos veinticinco mil quinientos noventa pesos (RD$425,590.00), no obstante la parte accionante tener un saldo a favor por la suma de setecientos sesenta y seis mil doscientos noventa y siete pesos (RD$766,297.00), la cual sin justificación alguna, la parte accionada lo reduce a una suma de diecisiete mil cuarenta y siete con 00/100 pesos (RD$17,047.00). Sigue expresando la parte recurrente que en fecha 26 de octubre del año 2010, elevó un Recurso de Reconsideración por ante la DGII. A que la Dirección General de Impuestos Internos, a partir de esa fecha tenía un plazo legal de tres meses para pronunciarse con relación al recurso incoado. A que la parte accionante cumplió con todos y cada uno de los requerimientos a los plazos legales solicitados, depositó sus pruebas documentales que sustentan sus pretensiones, razones por las cuales solicita: "PRIMERO: Declarar como bueno y válido el presente Recurso de Retardación, en cuanto a la forma por haber sido incoado en tiempo hábil y acorde con la ley; SEGUNDO: En cuanto al fondo en virtud de la Tardanza de la Accionada, ordenar y poner la inmediata puesta en mora a la parte accionada "La Dirección General de Impuestos...

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