005-2011 POR LA QUE SE RECHAZAN RECURSOS RECONSIDERACION INTERPUESTO POR LA AGRUPACION POLITICA PS, 2011
| Año | 2011 |
| Número de resolución | 005-2011 |
REPÚBLICA
DOMINICANA
JUNTA
CENTRAL
ELECTORAL
RESOLUCiÓN No.
05-2011.·
POR
LA
QUE
SE
DECLARAN INADMISIBLES
LOS
RECURSOS
DE
RECONSIDERACION
INTERPUESTOS
POR
EL
PARTIDO SOCIALISTA (PS).
La
JUNTA
CENTRAL
ELECTORAL,
institución
de
Derecho
Público,
establecida
en
la
Constitución
de
la República y
regida
por
la Ley Electoral NO.275-97,
del
21
de
diciembre
del
1997,
y
sus
modificaciones,
regularmente
constituida
en
su
sede
principal, sita
en
la intersección
formada
por
las
avenidas Luperón y
27
de
Febrero
en
Santo Domingo, Distrito Nacional, frente a la "Plaza
de
la Bandera",
integrada,
por
el
Dr.
Roberto Rosario
Márquez
Presidente; Dra. Rosario
Graclano
de
los Santos,
Miembro
Titular
Dr.
José
Ángel
Aquino
Rodríguez,
Miembro
Titular;
Dr.
César
Francisco Féliz Féliz,
Miembro
Titular;
Lic.
Eddy
de
Jesús Olivares
Ortega,
Miembro
Titular; asistidos
por
el
Dr.
Ramón Hilarlo Esplñeira Cebollas, Secretario General.
Con
motivo
del
apoderamiento
de
que
ha
sido
objeto
el Pleno
de
esta Junta Central
Electoral,
mediante
recursos
de
reconsideración interpuestos
por
representantes del
Partido Socialista
(PS),
en
fecha
22
de
Diciembre
de
2010 y
del
recurso
de
reconsideración
por
nuevas pruebas
de
fecha
21
de
enero
de
2011
en
contra
de
la
Resolución 17-2009.
VISTA:
La
Constitución
de
la República
Dominicana,
proclamada
el
26
de
Enero
del
año
2010.
VISTA:
La
Ley Electoral
NO.275-97,
de
fecha
21
de
diciembre
del
año
1997,
y
sus
modificaciones.
VISTA:
La
Ley General
de
Libre
Acceso
a la Información Pública No. 200-04,
del
03
de
marzo
de
2004.
VISTO:
El
Reglamento Interno
de
la Junta Central Electoral,
de
fecha
13
de
marzo
de
2003.
VISTA:
La
Resolución
NO.1
0-2001,
del
21
de
noviembre
de
2001, sobre el Proceso
para
Reconocimiento
de
Partidos Políticos y
Agrupaciones
Políticas.
VISTA:
La
instancia
de
fecha
21
de
julio
del
año
2008, suscrita
por
la
Doctora
Flor
Soraya
Aquino, Presidenta
del
Partido Socialista
[PS),'
mediante
la
cual
solicita a la Junta
Central Electoral
que
se
le
extienda
reconocimiento
a la organización política
que
representa.
VISTA:
El
Acta
No.35/2oo9
de
la Sesión Administrativa Extraordinaria
del
Pleno
de
la
Junta Central Electoral
celebrada
el
día
dieciséis
(16)
de
diciembre
del
año
dos mil
nueve
(2009).
VISTA:
La
Resolución No.17/2009
de
fecha
16
de
diciembre
de
2009
por
la
que
se
rechazan
las
solicitudes
de
reconocimiento
interpuestas
por
treinta y
seis
agrupaciones
políticas, incluidas el Partido Socialista
[PS).
VISTOS:
El
Recurso
de
Revisión interpuesto en
fecha
26
de
enero
de
2010
en
contra
de
La
Resolución No. 17/2009
de
fecha
16
de
diciembre
de
2009
por
la
que
se
rechazan
las
solicitudes
de
reconocimiento
interpuestas
por
treinta y
seis
agrupaciones
políticas,
incluidas el Partido Socialista
(PS)
y el escrito
de
fecha
8
de
febrero
de
2010
contentivo
de
precisiones aclaratorias al recurso
de
revisión
de
la Resolución NO.17-2009
ambos
suscritos
por
los
señores
Doctora
Soraya Aquino, Presidenta
del
Partido Socialista
IPS)
y
por
el
Doctor
Manuel
Ramón Morel
Cerda
en
calidad
de
abogado
constituido y
apoderada
especial. !
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