029-2010 Sobre instancia de oposiCION a cambios en alianzas, 2010
| Año | 2010 |
| Número de resolución | 029-2010 |
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REPÚBLICA
DOMINICANA
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La
JUNTA
CENTRAL
ELECTORAL,
institución
de
Derecho
Público,
establecida
v
Constitución
de
la República y
regida
por
la Ley Electoral NO.275-97,
del
21
de
diciembre
del
1997,
Y
sus
modificaciones,
regularmente
constituida
en
su
sede
principal, sita en la intersección
formada
por
las
avenidas
Luperón y
27
de
Febrero
en
Santo
Domingo,
Dishito Nacional, frente a la "Plaza
de
la Bandera",
integrada
por
el
Dr.
Julio
César
Castaños
Guzmán,
Presidente;
Dr.
Roberto
Rosario
Márquez,
Miembro;
Dr.
Mariano
Américo
Rodríguez
Rijo,
Miembro;
Licda.
Aura
Celeste
Fernández Rodríguez,
Miembra;
Dra.
Leyda
Margarita
Piña
Medrano,
Miembra;
Dr.
José
Ángel
Aquino Rodríguez,
Miembro;
Dr.
César
Francisco Féliz Féliz,
Miembro;
Dr.
John N. Guiliani
Valenzuela,
Miembro;
Lic.
Eddy
de
Jesús Olivares
Ortega,
miembro;
asistidos
por
el
Dr.
Ramón Hilario
Espiñeira Ceballos, Secretario General.
Con
motivo
del
apoderamiento
de
que
ha
sido
objeto
el Pleno
de
esta Junta
Central Electoral,
mediante
instancia
de
oposición formal a
que
al Partido
de
la
Liberación
Dominicana
(PLD)
ya
sus
aliados
se
les
permita
hacer
cambios
en
sus
acuerdos, suscrita
por
el
Dr.
Virgilio Bello
Rosa,
delegado
político
del
Partido
Revolucionario
Dominicano,
en
fecha
05
de
marzo
de
201
O.
~
Dicta
dentro
de
sus
atribuciones legales, la presente Resolución:
VISTA:
La
Constitución
de
la República
Dominicana.
VISTO:
El
artículo 4
de
la Ley Electoral No. 275/97,
del
21
de
diciembre
de
1997
(modificado
por
el artículo
1,
de
la Ley No. 02/03
del
7
de
Enero
del
2003). @
VISTO:
El
literal
o)
del
artículo
6,
relativo al Pleno
de
la
Junta
Central
Electoral,
de
r
la
Ley
Electoral No. 275/97,
del
21
de
diciembre
de
1997
(modificado
por
el
artículo
1,
de
la Ley No. 02/03
del
7
de
Enero
del
2003).
VISTO:
El
artículo 8
de
la Ley Electoral No. 275/97,
del
21
de
diciembre
de
1997
(modificado
por
el artículo
1,
de
la Ley No. 02/03
del
7
de
enero
del
2003).
VISTOS:
Los
artículos
62
y siguientes
de
la Ley Electoral No. 275/97,
del
21
de
diciembre
de
1997
y
sus
modificaciones.
_J
VISTO:
El
Reglamento
Interno
de
la Junta
Central
Electoral,
de
fecha
13
de
i/
marzo
de
2003.
VISTA:
La
Ley
General
de
Libre
Acceso
a la
Información
Pública No. 200-04.
dJl'fi
03
de
marzo
de
2004.
~
I
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