075-2010 Dispone terceros puedan solicitar Declaración es tardías de nacimiento, 2011
| Año | 2011 |
| Número de resolución | 075-2010 |
REPÚBLICA
DOMINICANA
JUNTA
CENTRAL
ELECTORAL
"Año
de
la Reactivación Económica
Nacional"
RESOLUCION No.
75-2010
QUE
DISPONE
LA
INSCRIPCiÓN
DE
DECLARACIONES
DE
NACIMIENTO
CON
LA
COMPARECENCIA
DE
TERCEROS
EN
CALIDAD
DE
DECLARANTES.
La
JUNTA
CENTRAL
ELECTORAt Institución
de
Derecho Público,
establecida
en la
Constitución
de
la República y regida
por
la Ley Electoral No.
275-97,
del
21
de
diciembre del
1997,
y
sus
modificaciones, regularmente constituida en
su
sede
principal, sita en la intersección
formada
por
las Avenidas Luperón y
27
de
Febrero en Santo Domingo, Distrito Nacional, frente a la "Plaza
de
la Bandera",
integrada
por
el
Dr.
Roberto Rosario
Márquez,
Presidente; Dra. Rosario
Graciano
De
Los
Santos, Miembro Titular;
Dr.
José
Ángel
Aquino Rodríguez, Miembro Titular;
Dr.
César
Francisco Féliz Féliz, Miembro Titular;
Lic.
Eddy
de
Jesús Olivares
Ortega,
Miembro Titular; y el
Dr.
Ramón Hilario Espiñeira Ceballos, Secretario General.
Dicta dentro
de
sus
atribuciones legales la presente Resolución:
VISTA:
La
Constitución
de
la República Dominicana,
de
fecha
26
de
enero
del
2010.
VISTA:
La
Convención
Americana
sobre Derechos Humanos (Pacto
de
San
José),
suscrita en
fecha
22
de
noviembre del
1969,
y
ratificada
por
el Estado
Dominicano en
fecha
21
de
enero
del
1978.
VISTA:
La
Convención
sobre
los
Derechos
del
Niño,
adoptada
y
abierta
a la firma
y ratificación
por
la Asamblea General
de
las
Naciones Unidas en
su
Resolución
44/25
del
20
de
noviembre del
1989,
con
entrada
en vigor el 2
de
septiembre
del
1990,
de
conformidad
con
el artículo
49;
y
ratificada
por
la RepLlblica
Dominicana el
11
de
junio del
1991.
VISTA:
La
Declaración
de
los
Derechos
del
Niño,
proclamada
por
la Asamblea
General
de
las
Naciones Unidas en
su
Resolución
1386
(XIV)
del
20
de
noviembre
del
1959.
VISTA:
La
Declaración Universal
de
Derechos Humanos,
adoptada
y
proclamada
por la Asamblea General
de
las
Naciones Unidas en
su
Resolución
217
A
(111),
de
fecha
10
de
diciembre
del
1948.
VISTO:
El
Código
Civil
de
la República Dominicana.
VISTO:
El
Código
para
el Sistema
de
Protección y
los
Derechos Fundamentales
de
los
Niños, Niñas y Adolescente,
Ley
No.
136-03,
de
fecha
7
de
agosto
del
2003.
VISTA:
La
Ley
No.
659
sobre Actos
del
Estado Civil,
de
fecha
17
de
julio
del
1944.
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