Sentencia nº 111-2013 de Tribunal Superior Administrativo de 11 de Abril de 2013
Fecha de Resolución | 11 de Abril de 2013 |
Emisor | Tribunal Superior Administrativo |
la República Dominicana, a los once (11) días del mes de abril del año dos mil trece (2013), año 170° de la Independencia y 150° de la Restauración.
LA PRIMERA SALA DEL TRIBUNAL SUPERIOR ADMINISTRATIVO, de Jurisdicción Nacional, regularmente constituida en la sala donde acostumbra celebrar sus audiencias, sito en la calle J.S.R., No.1-A, esquina S.S., sector de Gazcue, con la presencia de sus jueces: JUDHIT CONTRERAS ESMURDOC, J.P.; F.E.F., J.D.Y.V.G., J.; asistidos de la infrascrita Secretaria General, ha dictado en sus atribuciones de lo Contencioso Tributario, la sentencia que sigue:
CON MOTIVO DEL RECURSO CONTENCIOSO TRIBUTARIO, interpuesto por la señora A.M.C.H., portadora de la cédula de identidad y electoral No.001-1232142-7, con domicilio ubicado en la avenida Anacaona, No.34, Apto.03, T.P.R., Bella Vista, Distrito Nacional, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al licenciado A.P.M., dominicano, mayor de edad, soltero, abogado de los tribunales de la República Dominicana, portador de la cédula de identidad y electoral No.001-1734056-2, con estudio jurídico abierto en el No.313 de la calle C.C., S.D., CONTRA la Resolución de Reconsideración No.248-12 de fecha 26 de marzo del año 2012, dictada por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
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Descripción
La señora A.M.C.H., no conforme con los resultados de la Resolución de Reconsideración No.248-12 y la Comunicación N-ALHE CFSD 000092-2008, emitidas por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), procedió a incoar el presente Recurso Contencioso Tributario, solicitando a esta jurisdicción ordenar a la administración tributaria anular en todas sus partes dicha resolución, ya que está basada en una errónea interpretación y mala aplicación de la legislación que rige la materia.
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Presentación del Recurso
En fecha veintiuno (21) de mayo del año 2012, fue recibida por secretaría de este Tribunal la instancia contentiva del Recurso Contencioso Tributario, instrumentada por el licenciado A.P.M., actuando en representación de la señora A.M.C.H., contra la Resolución de Reconsideración No.248-12 de fecha 26 de marzo del año 2012, dictada por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
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Hechos y argumentos de la recurrente
Explica la parte recurrente, la señora A.M.C.H., que la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), le notificó la comunicación N-ALHE CFSD 000092-2008, a fines de que comparezca por ante el Centro de Fiscalización Santo Domingo II, con motivo a las supuestas inconsistencias detectadas en la Declaración Jurada del Impuesto sobre la Renta Anual de Personas Físicas IR-1 en el ejercicio fiscal...
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