Sentencia nº 015-2014 de Tribunal Superior Administrativo de 31 de Enero de 2014

Fecha de Resolución31 de Enero de 2014
EmisorTribunal Superior Administrativo

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Fuente: Tribunal Superior Administrativo. Tercera Sala (Liquidadora)

Departamento Judicial: Distrito Nacional

Atribución: Recurso Contencioso Administrativo

Partes: TRILOGY DOMINICANA, S. A.

Contra: Resolución No. 628-2009, del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

No. de Expediente: 1000266

No. de Sentencia: 015-2014

Fecha: 31/01/2014

SENTENCIA No. 015-2014

En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los TREINTA Y ÚN (31) días del mes de ENERO del año dos mil catorce (2014), año 170° de la Independencia y 151° de la Restauración.

LA TERCERA SALA (LIQUIDADORA) DEL TRIBUNAL SUPERIOR ADMINISTRATIVO, de Jurisdicción Nacional, regularmente constituida en el salón donde acostumbra celebrar sus audiencias, sito en la calle J.S.R., No.1-A, esquina S.S., sector de Gazcue, con la presencia de sus jueces: S.A.O., J.P.; F.C.A., J., F.F.C., J.P.; asistidos de la infrascrita Secretaria, ha dictado en sus atribuciones de lo Contencioso Administrativo, la sentencia que sigue:

CON MOTIVO DEL RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, interpuesto por la sociedad TRILOGY DOMINICANA, S.A., constituida por las leyes de la República Dominicana, con su asiento social establecido en el Cuarto Piso del Edificio CaribAlico, ubicado en la Avenida Abraham Lincoln, No. 295, del sector La Julia, Distrito Nacional, representada por su Vicepresidenta Legal & Regulatorio, Lcda. C.G.C., dominicana, mayor de edad, casada, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 001-0172037-3, quien tiene como abogados constituidos y apoderados especiales a los Lcdos. C.J.R. y F.A.L.S., dominicanos, mayores de edad, solteros, abogados de los tribunales de República Dominicana, portadores de las cédulas de identidad y electoral Nos. 001-1527981-2 y 001-1467435-1, respectivamente, con estudio profesional abierto en el Cuarto Piso del Edificio CaribAlico, ubicado en la Avenida Abraham Lincoln, No. 295, del sector La Julia, Distrito Nacional, lugar donde la recurrente hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales del presente recurso, en contra de la Resolución No. 628-2009, del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

ANTECEDENTES
  1. Descripción

    A que mediante Acto de Alguacil No. 500/2010 instrumentado en fecha nueve (09) de abril del año 2010, por el Ministerial V.H.M., A.O. de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales le notificó a la sociedad TRILOGY DOMINICANA, S.A., la Resolución No. 629-2009, mediante la cual ratifica la Resolución 457/2009 de fecha 15/7/2009, en la cual ordena el pago de ciento veintisiete mil novecientos treinta y siete pesos dominicanos con 50/100 (RD$127,937.50) a los promotores del Proyecto PCS Residencial M..

  2. Presentación del recurso

    En fecha diez (10) del mes de mayo de 2010, fue recibida por secretaría de este Tribunal la instancia contentiva del Recurso Contencioso Administrativo, instrumentada por los Lcdos. C.J.R. y F.A.L.S., actuando en representación de la sociedad TRILOGY DOMINICANA, S.A., en contra del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

  3. Fundamento del recurso

    Que se revoque la Resolución No. 629-2009 y se deje sin efecto la sanción impuesta.

  4. Hechos y argumentos de la recurrente

    Expresa la parte recurrente que en fecha 14 de enero de 2009 suscribió un contrato de alquiler de espacio físico con los señores B. delJ.S.C. y J.F.S.C. con el objeto de instalar y poner en funcionamiento una antena de telefonía móvil para ser ubicada en la azotea del inmueble ubicado en la calle Las Marías, esquina Avenida C.G., R.M.. En fecha 8 de abril del año 2009, TRILOGY DOMINICANA, S.A., procedió a solicitarle a la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales, una solicitud de permiso ambiental a los fines de instalar una antena en la calle Las Marías , esquina avenida C.G., R.M.. En esa misma fecha TRILOGY DOMINICANA, S.A., realizó a la Sub-Secretaria de Gestión Ambiental un pago ascendente a la suma de cinco mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$5,000.00) por concepto de análisis previo de la referida antena. En la misma fecha la recurrente, procedió a depositar ante el Sub-Secretario de Estado de Gestión Ambiental el depósito de los documentos necesarios...

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