Sentencia nº 00350-2014 de Tribunal Superior Administrativo de 30 de Junio de 2014

Fecha de Resolución30 de Junio de 2014
EmisorTribunal Superior Administrativo

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Fuente: Tribunal Superior Administrativo. Tercera Sala (liquidadora)

Departamento Judicial: Distrito Nacional

Atribución: Recurso de Retardación

Partes: Consorcio de Bancas Juancito Sport, C. por A.

Contra: Dirección General de Impuestos Internos (DGII).

No. De expediente: 0301000328

No. De Sentencia: 00350-2014

Fecha: 30/06/2014

YO, E.G., Secretaria General del Tribunal Superior Administrativo; CERTIFICO: que en los archivos a mi cargo existe expediente que contiene la sentencia que sigue:

SENTENCIA No. 00350-2014

En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los TREINTA (30) días del mes de JUNIO del año dos mil catorce (2014), año 170° de la Independencia y 151° de la Restauración.

LA TERCERA SALA LIQUIDADORA DEL TRIBUNAL SUPERIOR ADMINISTRATIVO, de Jurisdicción Nacional, ubicada en la calle J.S.R., No. 1-A, esquina S.S., Gazcue, Santo Domingo, Distrito Nacional, con la presencia de sus jueces: D.Y.V.G., J.P. y Ponente; F.E.C.A., J.; F.F., J.; asistidos de la infrascrita Secretaria General, ha dictado en sus atribuciones de lo Contencioso Administrativo y en audiencia pública la sentencia que sigue:

CON MOTIVO DEL RECURSO DE RETARDACIÓN interpuesto por el CONSORCIO DE BANCAS JUANCITO SPORT, C.P.A., entidad comercial establecida de conformidad con las leyes vigentes de la República Dominicana, con RNC 1-01-74718-8, con su asiento principal ubicado en la avenida L. de Vega No. 59, P.L. de Vega, 2do. Nivel, ensanche Naco, Distrito Nacional; debidamente representada por su presidente R. de los Santos, dominicano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad y electoral No. 001-1156168-4, domiciliado y residente en esta ciudad; quienes tienen como abogado constituido y apoderado especial al Licdo. E.R.A., dominicano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad y electoral No. 001-0749448-6, Abogado de los Tribunales de la República, con estudio profesional abierto en la calle M.E. No. 10, urbanización M., sector H., Santo Domingo Oeste; lugar donde la requeriente hace formal elección de domicilio para los fines y consecuencias legales de la presente instancia, CONTRA la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).

ANTECEDENTES
  1. Descripción

    La recurrente, CONSOCIO DE BANCAS JUANCITO SPORT, C. por A., luego de haber sido autorizada por la Secretaría de Estado de Hacienda, hoy Ministerio de Hacienda, para que movilizara sus máquinas tragamonedas, de conformidad con las Resoluciones 7 al 34; realizó todas las diligencias correspondientes y cumplió con las exigencias legales requeridas, sin embargo, a la fecha no ha recibido respuesta alguna de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII); razón por la cual ha interpuesto formal Recurso de Retardación contra la DGII.

  2. Presentación del recurso

    En fecha veintidós (22) de junio del año dos mil diez (2010), fue recibida por Secretaría de este Tribunal la instancia contentiva del Recurso de Retardación, instrumentada por el Licdo. E.R.A., actuando a nombre y representación del CONSOCIO DE BANCAS JUANCITO SPORT, C. por A., contra la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).

  3. Hechos y argumentos de la recurrente

    Expresa, que luego de haber recibido la comunicación No. dcc/0514 de fecha 28 de octubre del 2009, mediante la cual la Secretaría de Estado de Hacienda, le informa y autoriza los movimientos relativos al traslado de las máquinas tragamonedas, contenidas en las resoluciones 7 al 34; cumplió con las exigencias legales requeridas, sin embargo, la Dirección General de Impuestos Internos, no ha procedido con los trámites de lugar...

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