Sentencia nº 4612-2018 de Suprema Corte de Justicia, del 27 de Noviembre de 2018.

Número de resolución4612-2018
Número de sentencia4612-2018
Fecha27 Noviembre 2018
EmisorSegunda Sala Suprema Corte de Justicia

Resolución No. 4612-2018

C.A.R.V., Secretaria General de la Suprema Corte de Justicia, Certifica: Que en archivos a su cargo hay un expediente que contiene una resolución de fecha 27 de

noviembre del 2018, que dice así:

D., Patria y Libertad República Dominicana

En Nombre de la República, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, regularmente constituida por los Jueces M.C.G.B., P.; E.E.A.C., F.E.S.S. e H.R., en la ciudad de Santo Domingo de G., Distrito Nacional, hoy 27 de noviembre de 2018, años 175° de la Independencia y 156° de la Restauración, dicta en Cámara de Consejo, la siguiente resolución, con el voto unánime de los Jueces:

Sobre el recurso de casación interpuesto por J.P., nacional haitiano, de 28 años de edad, soltero, vendedor ambulante, no porta documento de identidad, domiciliado y residente el sector Los Cocos de la ciudad de Neyba, provincia Bahoruco, imputado y civilmente demandado, contra la sentencia núm. 102-2018-SPEN-00057, dictada por la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Barahona el 19 de julio de 2018;

Visto el escrito motivado de casación suscrito por el Lic. D.J.B., defensor público, en representación del recurrente, depositado en la secretaría de la Corte a-qua el 13 de agosto de 2018, en el cual fundamenta su recurso.

Visto la Constitución de la República, los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos, de los cuales la República Dominicana es signataria y los artículos 393, 394, 399, 400, 418, 419, 425, 426 y 427 del Código Procesal Penal, modificado por la Ley 10-15 del 10 de febrero de 2015;

Atendido, que el mencionado recurso cumple con las disposiciones contenidas en los artículos, 393, 399, 400, 418, 425 y 426 del Código Procesal Penal, modificado por la Ley 10-15 Por tales motivos, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia,

R E S U E L V E:

Primero: Declara admisible el recurso de casación interpuesto por J.P., contra la sentencia núm. 102-2018-SPEN-00057, dictada por la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Barahona el 19 de julio de 2018;

Segundo: Fija audiencia pública a fin de conocer los méritos del mismo, para el día lunes, veinticinco (25) de febrero del año dos mil diecinueve (2019), a las nueve horas de la mañana (9:00 A.M.), en el Salón de Audiencias de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, ubicada en el sexto piso del edificio de la Suprema Corte de Justicia y la Procuraduría General de la República, avenida E.J.M., Centro de los Héroes, Distrito Nacional;

Tercero: Ordena que la presente resolución sea notificada a las partes.

(Firmados) M.C.G.B.-E.E.A.C.-F.E.S.S.-H.R..

Nos, Secretaria General, certifico que la presente resolución ha sido dada y firmada por los Jueces que figuran en su encabezamiento, el mismo día, mes y año en él expresados.-

La presente copia se expide en Santo Domingo, Distrito Nacional, hoy día 18 de enero de 2019, a solicitud de parte interesada, exonerada de pagos de recibos y sellos de impuestos internos.


C.A.R.V..

Secretaria General

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