Sentencia nº 351-2019 de Suprema Corte de Justicia, del 14 de Febrero de 2019.

Número de sentencia351-2019
Fecha14 Febrero 2019
Número de resolución351-2019
EmisorSegunda Sala Suprema Corte de Justicia

Resolución No. 351-2019
A. Rosario V
., Secretaria General de la Suprema Corte de Justicia, Certifica: Que en los archivos a su cargo hay un expediente que contiene una resolución de fecha 14 de febrero del 2019, que dice así:

D., Patria y Libertad República Dominicana

En Nombre de la República, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, regularmente constituida por los Jueces M.C.G.B., P.; E.E.A.C. e H.R., en la ciudad de Santo Domingo de G., Distrito Nacional, hoy 14 de febrero de 2019, años 175° de la Independencia y 156° de la Restauración, dicta en Cámara de Consejo, la siguiente resolución, con el voto unánime de los Jueces:

Sobre el recurso de casación interpuesto por imputado F.R.R., dominicano, mayores de edad, portador de la cédula de identidad y electorales núm. 048-0022670-8, domiciliado y residente en la calle Autopista Duarte, km 92, sector R.C.,
m. 36, Bonao, provincia M.N., imputado, contra la sentencia núm. 203-2018-SSEN-00283, dictada por la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de La Vega el 15 de agosto de 2018;

Visto el escrito contentivo del memorial de casación suscrito por los Licdos. I.R.C. y J.F.R., en representación del recurrente, depositado en la secretaría de la Corte a-qua el 3 de octubre de 2018, mediante el cual interpone dicho recurso;

Visto la Constitución de la República, los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos, de los cuales la República Dominicana es signataria y los artículos 393, 394, 399,

418, 419, 425, 426 y 427 del Código Procesal Penal, modificados por la Ley 10-15 del 10 de febrero de 2015;

Atendido, que el mencionado recurso cumple con los artículos 393, 399, 400, 418, 425 y 426 del Código Procesal Penal, modificados por la Ley 10-15 del 10 de febrero de 2015.

Por tales motivos, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia,

R E S U E L V E:

Primero: Declara admisible el recurso de casación interpuesto F.R.R., contra la sentencia núm. 203-2018-SSEN-00283, dictada por la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de La Vega el 15 de agosto de 2018;

Segundo: Fija audiencia pública a fin de conocer los méritos del mismo, para el día miércoles diez (10) de abril del año dos mil diecinueve (2019), a las nueve horas de la mañana (9:00 A.M.), en el Salón de Audiencias de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, ubicada en el sexto piso del edificio de la Suprema Corte de Justicia y la Procuraduría General de la República, avenida E.J.M., Centro de los Héroes, Distrito Nacional;

Tercero: Ordena la notificación de la presente resolución a las partes.

( Firmado) M.C.G.B..- E.E.A.C..- H.R..-

Nos, Secretaria General, certifico que la presente resolución ha sido dada y firmada por los
Jueces que figuran en su encabezamiento, el mismo día, mes y año en él expresados.-

La presente copia se expide en Santo Domingo, Distrito Nacional, hoy día 18 marzo del para los fines correspondientes. Exonerada de pagos de impuestos internos y sellos de impuestos

Cristiana A. Rosario V.

Secretaria General

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