Resolución No. 662-2019
A.R.V., Secretaria General de la Suprema Corte de Justicia, Certifica: Que en los a su cargo hay un expediente que contiene una resolución de fecha 17 de marzo del 2019,
D., Patria y Libertad República Dominicana En Nombre de la República, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, regularmente por los Jueces M.C.G.B., P.; E.E.A.A.A.M.S. e H.R., en la ciudad de Santo Domingo de G., Distrito Nacional, hoy 17 de marzo de 2019, años 176° de la Independencia y 156° de la dicta en Cámara de Consejo, la siguiente resolución, con el voto unánime de los : Sobre el recurso de casación interpuesto por J.A.L.F., dominicano, de edad, soltero, portador de la cédula de identidad y electoral núm. 056-0070886-0, o y residente en la calle 5, número 8, sector San Vicente de Paúl Duarte (arriba), de San Francisco de Macorís, provincia D., imputado, contra la sentencia núm. 125-SEN-00097, dictada por la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial Francisco de Macorís el 18 de junio de 2018; Visto el escrito contentivo del memorial de casación suscrito por la Licda. Y.F. de , defensora pública, en representación del recurrente J.A.L.F., depositado en la secretaría de la Corte a-qua el 24 de octubre de 2018, mediante el cual interpone dicho recurso; Visto la
Constitución de la República, los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos, cuales la República Dominicana es signataria y los artículos
393,
394,
399,
400,
418,
419,
425,
426 y
427 del
Código Procesal Penal, modificados por la
Ley 10-15 del 10 de febrero de 2015; Atendido, que el mencionado recurso cumple con las disposiciones contenidas en los artículos
393,
399,
400,
418,
425 y
426 del
Código Procesal Penal, modificados por la
Ley 10-15 del 10
de 2015. Por tales motivos, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia,
R E S U E L V E Primero: Declara admisible el recurso de casación interpuesto por J.A.L.F., contra la sentencia núm. 125-2018-SSEN-00097, dictada por la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Francisco de Macorís el 18 de junio de 2018
; Segundo: Fija audiencia pública a fin de
conocer los méritos del mismo, para el día
miércoles quince (15) de mayo del año dos mil diecinueve (2019), a las nueve horas de la mañana (9:00 A.M.), en el Salón de Audiencias de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, ubicada en el sexto piso del edificio de la Suprema Corte de Justicia y la Procuraduría General de la República, avenida E.J.M., Centro de los Héroes, Distrito Nacional;
Tercero:
Ordena que la presente resolución sea notificada a las partes.
M.C.G.B..- E.E.A.C..- A.A.M.S..- H.R.. Secretaria General, certifico que la presente resolución ha sido dada y firmada por los Jueces que figuran en su encabezamiento, el mismo día, mes y año en él expresados. presente copia se expide en Santo Domingo, Distrito Nacional, hoy día 22 de abril de 2019, a solicitud de parte interesada, exonerada de pagos de recibos y sellos de impuestos internos.
C.A.R.V.. Secretaria General