Resolución No. 761-2019
A.R.V., Secretaria General de la Suprema Corte de Justicia, Certifica: Que en los a su cargo hay un expediente que contiene una resolución de fecha 14 de marzo del 2019,
D., Patria y Libertad República Dominicana En Nombre de la República, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, regularmente por los Jueces M.C.G.B., P.; F.E.S. e H.R., en la ciudad de Santo Domingo de G., Distrito Nacional, hoy 14 de de 2019, años 176° de la Independencia y 156° de la Restauración, dicta en Cámara de Consejo, la siguiente resolución, con el voto unánime de los Jueces: Sobre el recurso de casación interpuesto por J.A.G., dominicano, mayor no porta cédula, domiciliado y residente en Tireo Abajo, por donde le dicen La Curva, cerca del negocio de D., municipio de Constanza, imputado, contra la sentencia núm. 203-2018-00348, dictada por la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de La el 2 de octubre de 2018; Visto el escrito contentivo del memorial de casación suscrito por el Licdo. J.L.S. defensor público, en representación del recurrente J.A.G., depositado secretaría de la Corte a-qua el 16 de noviembre de 2018, mediante el cual interpone dicho Visto la
Constitución de la República, los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos, cuales la República Dominicana es signataria y los artículos
393,
394,
399,
400,
418,
419,
425,
426 y
427 del
Código Procesal Penal, modificados por la
Ley 10-15 del 10 de febrero de 2015; Atendido, que el mencionado recurso cumple con las disposiciones contenidas en los artículos
393,
399,
400,
418,
425 y
426 del
Código Procesal Penal, modificados por la
Ley 10-15 del 10 de febrero de 2015.
Por tales motivos, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia,
R E S U E L V E Primero: Declara admisible el recurso de casación interpuesto por J.A.G., contra la sentencia núm. 203-2018-SSEN-00348, dictada por la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de La Vega el 2 de octubre de 2018
; Segundo: Fija audiencia pública a fin de
conocer los méritos del mismo, para el día
miércoles quince (15) de mayo del año dos mil diecinueve (2019), a las nueve horas de la mañana (9:00 A.M.), en el Salón de Audiencias de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, ubicada en el sexto piso del edificio de la Suprema Corte de Justicia y la Procuraduría General de la República, avenida E.J.M., Centro de los Héroes, Distrito Nacional;
Tercero:
Ordena que la presente resolución sea notificada a las partes.
M.C.G.B..- F.E.S.S..- H.R..
Nos, Secretaria General, certifico que la presente resolución ha sido dada y firmada por los Jueces n en su encabezamiento, el mismo día, mes y año en él expresados.
presente copia se expide en Santo Domingo, Distrito Nacional, hoy día 22 de abril de 2019, a solicitud de parte interesada, exonerada de pagos de recibos y sellos de impuestos internos.
C.A.R.V.. Secretaria General