Decreto Nº 57-18. Decreto que Declara de Alta Prioridad Nacional la Rehabilitación, Saneamiento, Preservación y Uso Sostenible del Rio Yaque del Norte, desde la Subcuenca del Rio Jimenoa Hasta la Subcuenca del Rio Majuaca y desde el Parque J. Armado Bermúdez Hasta la Porción Centro Occidental de la Ladera de la Cordillera Septentrional. Crea la Comisión Presidencial para el Ordenamiento y Manejo de la Cuenca del Rio Yaque del Norte y la Dirección Ejecutiva de Esta Última, la Cual Será Conducida por el Plan Sierra.

Fecha de disposición30 Enero 2018
Número de Decreto57-18
Fecha de publicación08 Febrero 2018
Número de registro3387704
Número de Gaceta10905
EmisorCORPORACION DEL ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE SANTIAGO (CORAASAN).


CONSIDERANDO: Que la Ley núm. 1-12, de Estrategia Nacional de Desarrollo, en su objetivo 4.1.4, compromete al Estado dominicano a planificar, de manera coordinada e integral, la gestión del recurso hídrico, con la cuenca hidrográfica como elemento central, a fin de lograr una asignación sostenible de este recurso para el uso humano, ambiental y productivo, así como para apoyar la toma de decisiones en la planificación del desarrollo regional.

CONSIDERANDO: Que en el Programa de Gobierno para el cuatrienio 2016-2020 se contempla el desarrollo de estrategias de ordenamiento y gestión de los recursos naturales con un criterio de visión sistémica territorial teniendo como base las cuencas hidrográficas, lo cual dará prioridad nacional a las zonas productoras de agua.

CONSIDERANDO: Que la cuenca del río Yaque del Norte (CRYN) es la de mayor importancia para el desarrollo sostenible de la República Dominicana, dada su capacidad de almacenamiento de agua, que se sitúa en unos 794.48 millones de m3, y su capacidad instalada de 170.6 MW de generación eléctrica, generando agua potable para consumo humano a una población de 2 millones de habitantes y, además, provee agua para irrigación a 100 mil hectáreas.

CONSIDERANDO: Que los estudios realizados muestran que la CRYN tiene el potencial para incrementar de manera considerable el aporte de agua para el consumo humano, riego y generación eléctrica.

CONSIDERANDO: Que para hacer sostenible este potencial para las generaciones actuales y futuras se requiere garantizar un manejo racional y científico de la CRYN, con la participación activa de los habitantes de su territorio, para garantizar la oferta de agua y controlar el consumo y la demanda de este preciado recurso.

CONSIDERANDO: Que el uso sostenible de la CRYN deberá promover concomitantemente el reordenamiento del ecosistema y del sociosistema para garantizar el mejoramiento de las condiciones de vida y la participación de las comunidades y asentamientos humanos impactados.

CONSIDERANDO: Que resulta necesario crear un mecanismo institucional público-privado que, con la participación del Gobierno Central, los gobiernos locales, el sector privado y las organizaciones de la sociedad civil, tenga como función la creación de una visión de consenso para la definición del Plan Maestro para el rescate, saneamiento, conservación y uso sostenible de la CRYN, como forma de sentar las bases para evolucionar hacia una futura autoridad de la cuenca del río Yaque del Norte.

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