Decreto Nº 230-18. Decreto que Establece y Regula la Estrategia Nacional de Ciberseguridad 2018-2021

DANILO MEDINA

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 230-18

CONSIDERANDO: Que el artículo 7 de la Constitución establece que la República Dominicana es un Estado Social y Democrático de Derecho, organizado en forma de República unitaria, fundado en el respeto de la dignidad humana, los derechos fundamentales, el trabajo, la soberanía popular y la separación e independencia de los poderes públicos.

CONSIDERANDO: Que el artículo 8 de la Constitución de la República establece que es función esencial del Estado la protección efectiva de los derechos de la persona, el respeto de su dignidad y la obtención de los medios que le permitan perfeccionarse de forma igualitaria, equitativa y progresiva, dentro de un marco de libertad individual y de justicia social, compatibles con el orden público, el bienestar general y los derechos de todos y todas.

CONSIDERANDO: Que el derecho a la intimidad está consagrado como un derecho fundamental en nuestra Constitución, garantizándose el respeto y la no injerencia en la vida privada, familiar, el domicilio y la correspondencia del individuo, sus documentos o mensajes privados en formatos físico, digital, electrónico o de todo otro tipo, así como la inviolabilidad del secreto de la comunicación telegráfica, telefónica, cablegráfica, electrónica, telemática o la establecida en otro medio, salvo cuando sea mediante autorizaciones otorgadas por un juez o autoridad competente, de conformidad con la ley.

CONSIDERANDO: Que los derechos fundamentales vinculan a todos los poderes públicos, los cuales deben garantizar su efectividad, de conformidad con la Constitución y las leyes.

CONSIDERANDO: Que la integración de las telecomunicaciones y las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en nuestras actividades económicas y sociales ha creado una creciente dependencia de éstas en el ámbito mundial, pues se han convertido en esenciales para el desarrollo económico, cohesión social y seguridad nacional.

CONSIDERANDO: Que la alta incidencia de las telecomunicaciones y las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en el desarrollo de las actividades económicas, sociales y gubernamentales, hace imprescindible la adopción de medidas que garanticen la protección de los activos críticos de información del Estado y la seguridad de la información por parte de las instituciones públicas y privadas y demás sectores que han incorporado el uso de estas tecnologías.

CONSIDERANDO: Que conscientes de la necesidad de implementar instrumentos indispensables para responder a las nuevas amenazas que afectan a las naciones y sus ciudadanos, los Estados integrados en los principales organismos internacionales han acordado la realización de esfuerzos mancomunados para la adopción de estrategias integrales sobre ciberseguridad que tengan impacto nacional, regional y mundial para prevenir eficazmente el riesgo ante cualquier ataque cibernético y poder responder a éstos en caso de que se presenten.

CONSIDERANDO: Que el Estado dominicano en el proceso de desarrollo y crecimiento de las políticas y estrategias integrales que propician el uso extensivo e incluyente de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) ha entendido la necesidad de establecer mecanismos eficientes que respondan a las nuevas y graves amenazas que surgen a través de éstas.

CONSIDERANDO: Que el artículo 260 de la Constitución de la República establece como objetivos de alta prioridad nacional: combatir actividades criminales transnacionales que pongan en peligro los intereses de la República y de sus habitantes; y organizar y sostener sistemas eficaces que prevengan o mitiguen daños ocasionados por desastres naturales y tecnológicos.

CONSIDERANDO: Que en el artículo 16 de la Ley núm. 1-12, del 25 d enero de 2012, que establece la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030 , relativo al uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) se establece que en el diseño y ejecución de los programas, proyectos y actividades en que se concretan las políticas públicas, se deberá promover el uso de las tecnologías de la información y comunicación como instrumento para mejorar la gestión pública y fomentar una cultura de transparencia y acceso a la información, mediante la eficientización de los procesos de provisión de servicios públicos y la facilitación del acceso a los mismos.

CONSIDERANDO: Que el Programa República Digital, creado mediante Decreto núm. 258-16, del 16 de septiembre de 2016, y concebido como el conjunto de políticas y acciones que promueven la inclusión de las tecnologías de información y comunicación en los procesos productivos, educativos, gubernamentales y a los servicios ciudadanos, tiene como eje transversal la ciberseguridad para el desarrollo de un Estado digital.

CONSIDERANDO: Que la responsabilidad de crear un entorno seguro y fiable en el ciberespacio corresponde al Estado, eje transversal del esquema de seguridad y defensa nacional preestablecido.

CONSIDERANDO: Que la ciberseguridad constituye la garantía para que los Estados salvaguarden sus infraestructuras críticas y el derecho de sus habitantes de utilizar las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) de manera segura y confiable, basándose en la colección de herramientas, dispositivos, regulaciones y mejores prácticas para proteger el ciberespacio y los activos de los usuarios y organizaciones.

CONSIDERANDO: Que el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), en su calidad de órgano regulador de las telecomunicaciones y como integrante de la Comisión Interinstitucional contra Crímenes y Delitos de Alta Tecnología (CICDAT), ha asumido un rol activo en el desarrollo de un marco común de políticas y lineamientos en materia de ciberseguridad para el país, a fin de garantizar la protección adecuada de la información, en el marco de su deber de asegurar el principio de servicio universal, objetivo de interés público y social establecido en la Ley núm. 153-98, del 27 de mayo de 1998, General de Telecomunicaciones.

CONSIDERANDO: Que en el marco de la modernización de la gestión del Estado, el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL) ha propuesto la adopción de una Estrategia Nacional de Ciberseguridad y la creación de un Equipo de Respuestas a Incidentes Cibernéticos de la República Dominicana (CSIRT-RD), en consonancia con la tendencia internacional, lo que permitirá establecer las directrices a ser adoptadas para que nuestro país se encuentre en condiciones de detectar, mitigar y, en general, gestionar incidentes generados en los sistemas de información del Estado y en todas las infraestructuras críticas nacionales.

CONSIDERANDO: Que la Estrategia Nacional de Ciberseguridad 2018-2021 debe contemplar la creación de un órgano responsable de coordinar las acciones relacionadas con la ciberseguridad en el ámbito nacional.

CONSIDERANDO: Que la Comisión Interamericana de Telecomunicaciones (CITEL), el Comité Interamericano contra el Terrorismo (CICTE) y la Reunión de Ministros de Justicia o Procuradores Generales de las Américas (REMJA) elaboraron una estrategia hemisférica para la seguridad cibernética en la región, conforme a lo dispuesto por la Resolución AG/RES. 2004 (XXXIV-0/04) de la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA), del 8 de junio de 2004.

CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución núm. 158-12, del 11 de junio de 2012, del Congreso Nacional, el Estado dominicano ratificó el Convenio sobre la Cibercriminalidad, suscrito en Budapest el 23 de noviembre de 2001, cuyo objetivo es la prevención de los actos que pongan en peligro la confidencialidad, integridad y disponibilidad de los sistemas, redes y datos informáticos, así como el abuso de éstos, y el establecimiento de esfuerzos comunes para luchar contra tales delitos y proveer a las autoridades competentes de las herramientas para investigarlos y perseguirlos penalmente.

CONSIDERANDO: Que la Estrategia Nacional de Ciberseguridad 2018-2021 debe establecer las líneas de acción a ser implementadas para mitigar el riesgo y minimizar el impacto de las amenazas cibernéticas en los sistemas de información y proteger las infraestructuras críticas para que la población utilice de manera confiada los servicios que se ofrecen a través de las tecnologías de la información y la comunicación...

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