Tesis Jurisprudencial de 1 de Agosto de 1966 sobre ABUSO DE CONFIANZA.

Fecha de Resolución 1 de Agosto de 1966

ABUSO DE CONFIANZA. Sentencia casada por falta de base legal e imprecisión y vaguedad en los motivos. CONSIDERANDO que el examen del fallo impugnado pone de manifiesto que la Corte a qua, después de sentar la premisa de que en lo penal el fallo de primera instancia tenía la autoridad de la cosa juzgada, ya que sólo existía un recurso de apelación, el de la parte civil constituida, dijo sobre dicho recurso solamente lo siguiente: Que al producirse el descargo del prevenido por no haber cometido el delito que se le imputa y al no existir en el presente. caso un delito ni un cuasi delito civil, procede rechazar las conclusiones de la parte civil constituida, en el sentido de que el prevenido sea condenado a una indemnización, pretensión improcedente accesoriamente a la acción pública cuando no se establece la existencia de un delito o un cuasi delito civil;

CONSIDERANDO que por lo que acaba de transcribirse se advierte que la Corte a qua para declarar que en la especie no existía "ni un delito ni un cuasi delito civil", no dio razones de ninguna clase que justificasen en hecho cómo habían llegado los Jueces del fondo a esa conclusión, lo que estaban en el deber de hacer, por aplicación del artículo 141 del Código de Procedimiento Civil; que la frase imprecisa que fue empleada por la Corte a qua, al decir simplemente que en el caso no existe "un delito ni un cuasi delito civil", sin expresar porqué, no satisface el...

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