Tesis Jurisprudencial de 1 de Enero de 1961 sobre ABUSO DE CONFIANZA.

Fecha de Resolución 1 de Enero de 1961

ABUSO DE CONFIANZA.

La prueba testimonial no es admisible cuando el valor a que se refiere la convención es superior a treinta pesos, pero es necesario que la parte interesada lo alegue ante los jueces del fondo.

CONSIDERANDO que al tenor del artículo 1341 del Código Civil la existencia de una convención no puede, en principio, ser establecida por testigos, cuando el interés en juego es superior a treinta pesos;

CONSIDERANDO que si bien es cierto, como lo expone el recurrente, que la observancia de la regla de la inadmisibilidad de la prueba testimonial respecto de todas las cosas cuya suma o valor exceda de treinta pesos, no es de lugar cuando los interesados en su cumplimiento no lo alegan oportunamente ante los jueces del fondo, y aceptan la prueba testimonial, en la especie, consta en la sentencia impugnada, que el contrato cuya violación se invoca se refiere a la entrega de veintiocho andullos valorados en la suma de RD$260.00, y que en la audiencia fijada por el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de T.V. para concer del recurso de oposición interpuesto por el prevenido contra la sentencia que lo condenó en defecto a seis meses de prisión correccional, por el delito de abuso de confianza, en perjuicio de R.F.S., el abogado del oponente presentó conclusiones, in limine litis, en el sentido de que no "se admitiera la prueba testimonial a los fines de establecer la existencia de la convención cuya violación imputa el querellante al prevenido, en razón de tratarse de un asunto de...

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