Tesis Jurisprudencial de 1 de Julio de 1961 sobre ABUSO DE CONFIANZA.

Fecha de Resolución 1 de Julio de 1961

ABUSO DE CONFIANZA.

El hecho de apropiarse de los valores y quinielas que le son entregados para su venta, constituye el delito de abuso de confianza. CONSIDERANDO que la Corte a qua dio por establecido, mediante la ponderación de los elementos de prueba que fueron regularmente administrados en la instrucción de la causa, en lo que se refiere al prevenido A.M., que éste recibió de V.P. de E., billetes y quinielas de la Lotería Nacional, por valor de ciento sesenta y dos pesos noventa centavos oro (RD$162.90), con el expreso mandato de venderlos y entregar a la propietaria el producto de la venta; que el prevenido, en vez de entregar los valores correspondientes dispuso de los mismos en perjuicio de dicha propietaria; y, que no obstante haber sido puesto en mora de entregar dichos valores, no optemperó a los reiterados requerimientos que se le hicieron;

CONSIDERANDO que los hechos así comprobados y admitidos por la Corte a qua constituyen el delito de abuso de confianza, previsto por el artículo 408 y sancionado por el artículo 460 del Código Penal, modificados por la Ley No.461 del año 1941, con las penas de uno a dos años de prisión correccional y multa que no bajará de cincuenta pesos, ni excederá al tanto de la tercera parte de las indemnizaciones y restituciones que se deban al agraviado; que, por consiguiente, los hechos de...

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