El affaire Tapie y el recurso de revisión del laudo arbitral en derecho francés

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"El affaire Tapie y el recurso de revisión del laudo arbitral en derecho francés"

Eykis García Díaz

Estudiante de Master 1 en la Universidad Paris 1- Panteón, La Sorbona, pasante ante la delegación permanente de la República Dominicana ante la UNESCO-Paris, Magíster en Recursos Humanos y Competencias Estratégicas PUCMM-EOI.

eykisgarciadiaz@gmail.com

Resumen: El affaire Tapie es uno de los casos más largos, conocidos y complejos en derecho arbitral. En este artículo se destaca la importancia de la calificación del arbitraje enel derecho francés —o interno o internacional— para someter un recurso de revisión.

Palabras claves: Compromiso arbitral, arbitraje, Bernard Tapie, alegaciones de colusión, mala fe, recurso extraordinario de revisión, arbitraje, fraude, admisibilidad, derecho francés, Convenio Europeo de Derechos Humanos, derecho procesal..

El affaire Tapie (también denominado el caso Adidas) lleva más de veinte años en los tribunales de París, (tanto en las jurisdicciones nacionales como en tribunales arbitrales.

HECHOS

En el contexto de este caso, en la fase del procedimiento de reorganización y luego de la liquidación judicial los órganos del procedimiento colectivo interpusieron un recurso de indemnización contra Crédit Lyonnais y la SDBO (Société de Banque Occidentale).

Mediante sentencia del 30 de septiembre de 2005, la Corte de Apelación de París admitió que los agentes liquidadores y judiciales de las distintas empresas implicadas, así como al consorcio Tapie, podían actuar por los daños sufridos por la empresa Groupe Tapie (GBT) y condenó conjuntamente a las dos empresas demandadas a pagar una cantidad determinada a los agentes liquidadores.

En el marco de los recursos interpuestos por Crédit Lyonnais y CDR Créances (nueva denominación de la SDBO), la Corte de Casación convocó una asamblea plenaria y mediante sentencia del 9 de octubre de 2006 desestimó los motivos que criticaban la decisión en la medida en que había declarado la admisibilidad del recurso de los liquidadores, anula la sentencia recurrida y remite la causa y a las partes al estado donde se encontraban antes de la sentencia del 30 de septiembre de 2005 .

Posteriormente, el caso fue remitido a la Corte de Apelación mientras que había otras controversias pendientes entre los diversos actores del caso.

El 16 de noviembre de 2007, los liquidadores, el consorcio Tapie y las empresas del CDR, firmaron un compromiso arbitral. En un compromiso arbitral las partes se...

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