Tesis Jurisprudencial de 1 de Abril de 1968 sobre APELACION.

Fecha de Resolución 1 de Abril de 1968

APELACION.

La presentación del acto de apelación es un requisito esencial.

CONSIDERANDO que la presentación del acto de apelación es un requisito esencial, pues es solamente mediante dicho acto cono se puede hacer la prueba de la existencia del recurso, y la de determinar la extensión del apoderamiento del juez de segundo grado; que si es cierto que conforme al artículo 56 de la Ley 637 de 1944, según el cual el juez de trabajo puede disponer que se subsanen aquellas irregularidades y omisiones en el procedimiento que no sean de una gravedad tal que imposibiliten al tribunal a juicio de éste, conocer y juzgar los casos sometidos, ello no podría resultar, tratándose como en la especie, de la falta de presentación del acto de apelacion, sino de que en el expediente mismo exista constancia seria que acredite la existencia del dicho acto.

CONSIDERANDO que el examen del fallo impugnado pone de manifiesto que el J. a quo para declarar inadmisible el indicado recurso de apelación, expuso en dicha sentencia lo siguiente: "que, todo aquél que recurra ante un Tribunal, contra una sentencia dictada por un Tribunal inferior, está en la obligación de depositar el acto de apelación que haya intervenido, requisito fundamental sin el cual el juez apoderado no podría determinar la regularidad o no del recurso, ponderar los agravios que se hagan a la sentencia impugnada, ni tampoco si existe realmente apelación; que tal obligación por parte del recurrente, sólo es excusable cuando dicha omisión es suplida espontáneamente por la parte recurrida, haciéndose el precitado depósito; que en consecuencia, al no encontrarse depositado en el expediente el referido documento, esta Cámara no ha sido legal ni regularmente apoderada, por lo cual no se encuentra en condiciones de ejercer sus funciones como Tribunal de alzada;

CONSIDERANDO que por todo lo anteriormente expuesto se advierte que el J. a quo pronunció de oficio la inadmisión del...

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