Sentencia nº 675 de 1ª Sala de la Camara Penal, 21 de Septiembre de 2001

Fecha de Resolución21 de Septiembre de 2001
EmisorPrimera Sala de la Camara Penal

FECHA 21/9/2001

MATERIA CRIMINAL

INVOLUCRANTE (S) C.P..C.P.

ABOGADO (S)

INVOLUCRADO (S)

ABOGADO (S)

República DominicanaPoder Judicial

501-01-00248

EN NOMBRE DE LA REPUBLICA

En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintiuno (21) días del mes de septiembre del año dos mil uno (2001), año 158 de la Independencia y 139 de la Restauración

LA PRIMERA SALA DE LA CAMARA PENAL DE LA CORTE DE APELACION DE SANTO DOMINGO, regularmente constituida en su sala de audiencia, sito en la primera planta del Palacio de Justicia del Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, compuesta por los jueces DRA. O.V.H.C., J.P.; D.I.P.C.H., J.; y DR. M.A.M.M., J.; presente el DR. F.P.L., abogado ayudante del Magistrado Procurador General de esta Corte, asistidos de la secretaria ad-hoc

Siendo las nueve (9:00) horas de la mañana del día antes mencionado, el M.J.P. declara abierta la audiencia a fin de conocer el recurso de apelación interpuesto por el nombrado C.P., en representación de sí mismo, en fecha veintitrés (23) de marzo del 2001; en contra de la sentencia de fecha veintitrés (23) de marzo del 2001, dictada por la Novena Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en sus atribuciones criminales, cuyo dispositivo se copiará al final de esta acta de audiencia

OIDO: Al Ministerial de turno en la lectura del rol

LLAMADO: Al acusado C.P., de generales de Ley, dominicano, mayor de edad, soltero, no porta cédula de identidad, mecánico, domiciliado y residente en la calle R.J.M., No. 51, del sector Capotillo de esta ciudad

OIDO: A la M.J.P. ofrecerle la palabra al abogado de la defensa, a los fines de que viertan sus calidades

OIDO: A la LIC. DARKIS DE LEON, abogada de oficio de esta Corte, quien actúa en nombre y representación del señor C.P., a los fines de asistirlo en sus medios de defensa

OIDO: A la M.J.P. ofrecerle la palabra al representante del Ministerio Público para que apodere a la Corte del expediente de que se trata

OIDO: A.D.F.P.L., abogado ayudante del Magistrado Procurador General de esta Corte, hacer la exposición del hecho objeto de la presente prevención y apoderar formalmente a la Corte del presente expediente

OIDO: A la M.J.P. ordenar el llamado de los militares actuantes, los cuales no estuvieron presentes en la sala de audiencias

OIDO: A la M.J.P., manifestar a las partes si existe alguna oposición o pedimento previo al conocimiento del presente proceso

OIDO: A las partes manifestar a la Corte que no tienen oposición al conocimiento' del presente proceso

OIDO: A la M.J.P., ordenar por secretaría la lectura de la sentencia de fecha veintitrés (23) de marzo del 2001, dictada por la Novena Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional y el recurso de apelación interpuesto por el nombrado C.P., en representación de sí mismo, en fecha veintitrés (23) de marzo del 2001

OIDO: A la M.J.P., ordenar por secretaría la lectura del acta de operativo y al certificado de análisis forense

OIDO: Al acusado C.P., en sus declaraciones ofrecidas a la Corte

VISTAS: Las piezas y documentos que obran en el expediente

OIDO: A la M.J.P. cerrar la instrucción del proceso, abrir los debates y ofrecerle la palabra al representante del Ministerio Público a los fines de que pronuncie su dictamen

OIDO: A.D.F.P.L., abogado ayudante del Magistrado Procurador General de esta Corte, en sus motivos y dictamen el cual finaliza de la siguiente manera: "PRIMERO: Que se declare bueno y válido en cuanto a la forma, el presente recurso de apelación por estar hecho de conformidad con la Ley; SEGUNDO: En cuanto al fondo que esta honorable Corte actuando por su propia autoridad, tenga a bien confirmar la sentencia dada en primer grado en todas sus partes por entenderla justa y reposar sobre base legal; TERCERO: Que se condene además al pago de las costas penales"

OIDO: A la M.J.P. ofrecerle la palabra al abogado de la defensa, a los fines de que vierta sus alegatos y posteriores conclusiones

OIDO: A la LIC. DARKIS DE LEON, abogado constituido de la defensa, en sus motivos y conclusiones, las cuales finalizan de la siguiente...

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