Sentencia de Cámara Penal, 22 de Septiembre de 2000

Fecha de Resolución22 de Septiembre de 2000
EmisorCámara Penal

FECHA 22/9/2000

MATERIA CRIMINAL

INVOLUCRANTE (S) R.A.V.A.Y.L.A.D.V.RAMÓNA.V.A.Y.L.A.D.V.

ABOGADO (S)

INVOLUCRADO (S)

ABOGADO (S)

República DominicanaPoder Judicial

027-99-00636

EN NOMBRE DE LA REPUBLICA

En la ciudad de Santo Domingo de G., Distrito Nacional, capital de la Republica Dominicana a los veintidós (22) día del mes de septiembre del año dos mil (2000), años 157 de la Independencia y 137 de la Restauración

LA CAMARA PENAL DE LA CORTE DE APELACION DE SANTO DOMINGO, regularmente constituida en su sala de audiencia, sito en la primera planta del Palacio de Justicia del Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, compuesta por los Jueces: DRA. O.V.H.C., J.P. en Funciones; DR. JULIO E.B.P., Juez Segundo Sustituto; DR. FELIX VALENCIA, Magistrado Juez Presidente del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Monte Plata, designado mediante auto expedido por el M.J.P. de esta Corte, para que actue como J. interino en el presente caso. Presente el DR. G.A.A., Abogado Ayudante del Magistrado Procurador General de esta Corte, asistidos de la secretaria ad-hoc

Siendo las nueve (9:00) horas de la mañana del día antes mencionado, el M.J.P. declara abierta la audiencia a fin de conocer los recursos de apelación interpuestos por: a) SR. R.A.V.A., en representación de sí mismo en fecha 18/3/99; b) L.A.D.V., en representación de si mismo en fecha 25/3/99, ambos en contra la sentencia de fecha 18 de marzo de 1999, dictada por la Décima Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en sus atribuciones criminales, cuyo dispositivo se copiará al final de esta acta de audiencia

OIDO: Al Ministerial de turno en la lectura del rol

LLAMADO: Al acusado L.A.D.V., de generales de Ley, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-1181200-4, técnico, domiciliado y residente en la calle lra, Invivienda, en esta ciudad, recluido en La Victoria, celda 12, pasillo A

LLAMADO: Al acusado R.A.V.A., de generales de ley, dominicano, mayor de edad, ingeniero, portador de la cédula No. 344806-1, domiciliado y residente en la calle El Sol Rosario altos, # 7, A.R., recluido en Monte Plata, celda 23

OIDO: A la M.J.P., ordenar el llamado de los militares actuantes, los cuales no estuvieron presentes en la sala de audiencias

OIDO: A la M.J.P., ofrecerle la palabra al abogado de la defensa a los fines de que vierta sus calidades

OIDO: Al LIC. J.F.A., abogado constituido, quien actúa en nombre y representación del acusado R.A.V.A., a los fines de asistirlo en sus medios de defensa

OIDO: A la LIC. DARKIS DE LEON, abogado de oficio de esta Corte, quien actúa en nombre y representación del acusado L.A.D.V., a los fines de asistirlo en sus medios de defensa

OIDO: A la M.J.P. ordenarle a la abogado de oficio que se retire de estrado ya que está presente el abogado constituido en defensa del acusado L.A.D.V. y le ordena que vierta sus calidades

OIDO: A.D.L.C.G., en representación del acusado LUIS ALBERTO DIAZ VASQUEZ

OIDO: A la M.J.P. ofrecerle la palabra al representante del Ministerio Público para que apodere a la Corte del expediente de que se trata

OIDO: Al DR. G.A.A., abogado ayudante del Magistrado Procurador General de esta Corte, hacer la exposición del hecho objeto de la presente prevención y apoderar formalmente a la Corte del presente expediente

OIDO: A la M.J.P., manifestar a las partes si existe alguna oposición o pedimento previo al conocimiento del presente proceso

OIDO: A las partes manifestar a la Corte que no tienen oposición al conocimiento del presente proceso

OIDO: A la M.J.P. ordenar por secretaría la lectura al dispositivo de la sentencia de fecha 18/3/99, dictada por la Décima Chamarra Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional y de los recursos de apelación de fechas 18/3/99 y 25/3/99 interpuesto por los acusados

OIDO: A la M.J.P. ordenar por secretaría la lectura de las actas de allanamientos y Certificado de Análisis Forense

OIDO: A los acusados R.A.V.A. y L.A.D.V., de generales que constan, en sus declaraciones ofrecidas a la Corte

VISTAS: Las piezas y documentos que obran en el expediente

OIDO: A la M.J.P. cerrar la instrucción del proceso, abrir los debates y ofrecerle la palabra al representante del Ministerio Público a los fines de que pronuncie su dictamen

OIDO: A.D.G.A.A., abogado ayudante del Magistrado Procurador General de esta Corte, en sus motivos y dictamen el cual finaliza de la siguiente manera: "PRIMERO: Que se confirme en todas sus partes la sentencia dictada por la Décima Cámara Penal y en consecuencia se declare culpable al acusado L.D. y R.V. a sufrir una pena de cinco (5) años y cincuenta mil pesos de multa"

OIDO: A la M.J.P., ofrecerle la palabra a los abogados de la defensa, a los fines de que pronuncien sus alegatos y posteriores conclusiones

OIDO: A.D.J.F.A., abogado de la defensa de R.A.V.A., en sus motivos y conclusiones las cuales dicen de la siguiente manera: "PRIMERO: Que se acoja bueno y válido el presente recurso de apelación interpuesto por el Sr. R.V.A.; SEGUNDO: Que al momento del tribunal deliberar se tome en cuenta la sinceridad en sus declaraciones del señor V.A.; TERCERO: En cuanto a R.A. sea variada la calificación y que se acoja las penalidades del Art. 59-60 sobre la complicidad"

OIDO: A.D.L.C.G., abogado constituido en defensa del acusado L.A.D.V., en sus motivos y conclusiones las cuales dicen de la siguiente manera: "PRIMERO: Que se acoja como bueno y válido el recurso de apelación que ha interpuesto ante esta C.L.D. en cuanto a la forma y justo en el fondo; SEGUNDO: Que esta Corte obrando por propia autoridad revoquéis la sentencia recurrida dictada por la Décima Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional y sea condenado nuestro defendido a la prisión ya cumplida a tomarse en consideración que ha observado buena conducta, como se hace constar en el certificado dado por el Alcalde; TERCERO: Sea condenado a la prisión cumplida"

CONSIDERANDO: Que esta Corte ha sido apoderada sobre los recursos de apelación interpuestos por: a) el señor R.A.V.A. en representación de si mismo en fecha 18 de Marzo de 1999; b) L.A.D.V., en representación de si mismo, en fecha 25 de Marzo de 1999, ambos contra la sentencia de fecha 18 de Marzo de 1999, dictada por la Décima Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en sus atribuciones Criminales que...

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