Sentencia nº 872 de 2ª Sala de la Camara Penal, 4 de Septiembre de 2002

Fecha de Resolución 4 de Septiembre de 2002
EmisorSegunda Sala de la Camara Penal

FECHA 4/9/2002

MATERIA CRIMINAL

INVOLUCRANTE (S) PAULINO ANTONIO PERALTA ALMONTE, E.N.L.S.Y.J.R.G.M.PAULINOA.P.A., E.N.L.S.Y.J.R.G.M.

ABOGADO (S)

INVOLUCRADO (S)

ABOGADO (S)

República DominicanaPoder Judicial

502-02-00427

LA SEGUNDA SALA DE LA CAMARA PENAL DE LA CORTE DE APELACION DE SANTO DOMINGO, regularmente constituida, en el salón donde acostumbra celebrar sus audiencias públicas, situado en la primera planta del Palacio de Justicia del Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, integrada por los Magistrados DR. JULIO E. BAUTISTA PEREZ, J.P.; LICDA. M.C.G.B., J.; D.M.D.S.P.G., J.; presente el DR. AURELIO VELEZ, Abogado Ayudante del Procurador General de la Corte de Apelación de Santo Domingo, asistidos de la infrascrita Secretaria y de la Alguacil de Estrados de turno, H.V., en sus atribuciones criminales, se ha constituido en audiencia pública para conocer de los recursos de apelación interpuesto por: a) el LIC. A.E.M.P., en fecha veintidós (22) del mes de abril del año dos mil dos (2002), en representación del señor P.A.P.A.; b) el DR. E.L.G. por sí y por el DR. ARTAÑAN PEREZ MENDEZ y los LICDOS. J.R.G. VELOZ y J.M.H., en fecha veintidós (22) del mes de abril del año dos mil dos (2002), en representación del señor E.N.L.S.; y c) por el LIC. VIRGILIO DE LEON INFANTE, en fecha diecisiete (17) del mes de abril del año dos mil dos (2002), en representación del señor J.R.G.M.; todos en contra de la sentencia No. 127, de fecha dieciséis (16) del mes de abril del año dos mil dos (2002), dictada por la Séptima Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en sus atribuciones criminales; en virtud de las disposiciones contenidas la Ley 50-88, sobre Drogas y Sustancias Controladas de la República Dominicana, modificada por la Ley 17-95; ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA, POR AUTORIDAD DE LA LEY Y OIDO EL DICTAMEN DEL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO, DICTA LA SIGUIENTE SENTENCIA, QUE FUE LEIDA EN AUDIENCIA PUBLICA DE FECHA CUATRO (04) DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOS (2002), CUYO TEXTO INTEGRO DICE ASI

FALLA

PRIMERO

Declara buenos y válidos en cuanto a la forma, los recursos de apelación interpuestos por: a) el LIC. A.E.M.P., en fecha veintidós (22) del mes de abril del año dos mil dos (2002), en representación del señor P.A.P.A.; b)...

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