ASPECTOS PRÁCTICOS DEL ARBITRAJE CRC

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"ASPECTOS PRÁCTICOS DEL ARBITRAJE CRC"

José de Jesús Bergés Martín

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RESUMEN: La incursión en el arbitraje por cualquier profesional sin experiencia en su procedimiento siempre constituirá un reto debido al carácter privado y confidencial del proceso arbitral y de los laudos.

PALABRAS CLAVES: Confidencialidad, privacidad, imparcialidad, neutralidad, poder de iniciativa, poder jurisdiccional, buena fe procesal, debates, deliberaciones, árbol de decisión, proyecto laudo, arbitraje.

PRIVACIDAD Y CONFIDENCIALIDAD

El arbitraje institucional en la República Dominicana es privado y confidencial , en tres vertientes: primero, solo los árbitros, las partes y sus abogados dotados de poder especial escrito pueden asistir a todas las audiencias, y los testigos y peritos únicamente con motivo de su testimonio o peritaje, salvo que las propias partes o el tribunal autoricen la presencia de terceros ajenos al proceso ; segundo: todos los procedimientos arbitrales (elección y designación de árbitros y peritos, declaraciones de independencia e imparcialidad, acta de misión, recusación, órdenes procesales, pruebas, deliberaciones, laudos, y su tramitación interna por el Centro de Resolución Alternativa de Controversias (CRC) se desarrollan a puertas cerradas y en estricta confidencia; y tercero: el CRC y su personal están obligados a guardar la debida discreción de las informaciones que conozcan a través de los procesos que administran . Así las cosas, el árbitro novel no puede consultar ni acceder a expedientes y casos fallados en los archivos del CRC, ni consultar con su personal al respecto, contando únicamente con la orientación de los reglamentos de arbitraje (RA) sus normas complementarias (NCRA) , las sentencias dictadas por la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional sobre las demandas principales en nulidad de laudos , las de la Suprema Corte de Justicia respecto de los recursos de casación interpuestos respecto de las decisiones de dicha alzada y los cursos, talleres y seminarios de capacitación que ofrecen las tres cámaras de comercio que han constituido centros de resolución de conflictos mediante el arbitraje, habida cuenta de la natural renuencia del árbitro con escasa experiencia a consultar a los coárbitros en el curso del proceso arbitral.

RAPIDEZ, EFICIENCIA Y EFICACIA

El RA impele al tribunal arbitral a "…instruir la causa a la mayor brevedad posible, con eficiencia y eficacia…” y a "…actuar de manera imparcial, respetando las reglas del debido proceso y asegurándose que cada parte tenga la oportunidad razonable de exponer su caso” , lo cual demanda conciliar el carácter expedito del proceso con una actuación proactiva, firme, justa e imparcial frente a las partes en un clima de armonía y respeto mínimos entre los árbitros que posibilite dirimir la controversia mediante un laudo válido.

RETOS Una vez en el "terreno de juego", el árbitro principiante se verá confrontado con las fuerzas e intereses opuestos de los litigantes y las diversas actitudes y posiciones que adoptan los coárbitros, dando lugar, sin duda alguna, a escenarios cuya solución no está prevista en las disposiciones generales del RA ni en las NCRA, tales como las siguientes:

¿Está permitido a los árbitros debatir en audiencia sus diferencias o, por el contrario, deben hacerse en privado, sin la presencia de las partes?

¿Debe tener siempre el presidente del panel...

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