Tesis Jurisprudencial de 21 de Octubre de 1998 sobre CADUCIDAD DEL RECURSO DE CASACION. EFECTOS.

Fecha de Resolución21 de Octubre de 1998

CADUCIDAD DEL RECURSO DE CASACION. EFECTOS:

Que el plazo de dos meses establecido para interponer el recurso de casación por el artículo 5 de la Ley Sobre Procedimiento de casación, debe ser observado a pena de caducidad; que, por tanto, su inobservancia puede ser invocada en todo estado de causa y no siendo susceptible de ser cubierta por las defensas sobre el fondo, la Suprema Corte de Justicia debe pronunciar de oficio la inadmisión resultante de la expiración del plazo fijado por el referido texto para la interposición del recurso;

No. 42, 21-10-98, B. J. No. 1055, páginas...

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