Tesis Jurisprudencial de 25 de Julio de 2001 sobre CALCULO SALARIO A SER TOMADO EN CUENTA PARA PAGO PRESTACIONES LABORALES:.

Fecha de Resolución25 de Julio de 2001

CALCULO. SALARIO A SER TOMADO EN CUENTA PARA PAGO PRESTACIONES LABORALES:

Que en virtud de las disposiciones del artículo 85 del Código de Trabajo, para el cálculo del importe del auxilio de cesantía, así como el correspondiente al preaviso, sólo se tendrán en cuenta los salarios correspondientes a horas ordinarias; Que de igual manera el artículo 80 de dicho Código dispone el pago de salarios ordinarios en las diversas escalas aplicadas para establecer la suma de dinero que recibirá un trabajador objeto de un desahucio;

Que todo cobro por concepto de comisiones, incentivos o bonificaciones que reciba un trabajador anualmente, si bien tiene la condición de salario, por ser percibido por concepto de la prestación de un servicio, tiene las características de salario extraordinario, no siendo computado a los fines de cesantía y por la no concesión del plazo del desahucio;

Que con otros documentos señalados por ella, como son la cédula de identidad y electoral, dos recibos de pago, ficha individual y el poder firmado a sus abogados por el demandante, llegó a la conclusión de que el mismo no fue firmado por el recurrido y que éste no recibió el pago por él reclamado sobre el auxilio de cesantía, lo que escapa a la censura de la casación, al no advertirse que se...

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