Camino hacia vigilancia masiva esta pavimentado con dispositivos “GPS”

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Camino hacia vigilancia masiva está pavimentado con dispositivos “GPS”

María Jesús Velázquez

A continuación una traducción libre de las ediciones Nos. 444, 448 y 464 del Boletín Informativo sobre “Legislación Semanal en Comercio Electrónico”,

correspondiente a las semanas que concluyeron los días 24 de febrero, 24 de marzo y 14 de julio de 2007, publicados en la Internet por el equipo

especialista en comercio electrónico de la firma Steptoe & Johnson LLP, en Washington, D. C.

Recientemente, en el caso Estados Unidos contra García, el Séptimo Circuito decidió que el uso por parte del gobierno de un dispositivo global de sistema de posicionamiento geográfico (GPS), instalado en el carro de un sospechoso para rastrear los viajes de éste, no constituía una investigación o allanamiento en el marco de la Cuarta Enmienda (que prohíbe pesquisas e investigaciones extraordinarias no razonables ni necesarias, ni órdenes de registro, si no existe una razón suficiente para ello).

Por consiguiente, la Corte confirmó la decisión de una corte del Distrito de rechazar la petición del demandado de eliminar la evidencia recopilada mediante el uso del referido dispositivo de rastreo. Sin embargo, la Corte también expresó preocupación de que el uso generalizado de tales dispositivos “GPS” podría conducir a un programa de “vigilancia masiva”. A pesar de que la Corte se negó a especular respecto a la “procedencia y al tipo de restricciones que debería… ser aplicada a tal vigilancia,” la Corte observó que “el progreso tecnológico plantea una amenaza a la privacidad al permitir un alcance de la vigilancia que en un tiempo atrás hubiese sido prohibitivamente costosa.”

Aún así, dada la decisión de la Corte de que el uso de un dispositivo de rastreo “GPS” no constituía una investigación ni un allanamiento, resulta difícil determinar cuál sería la base para sustentar que el uso de muchos de tales dispositivos viola la Cuarta Enmienda. En caso de que prevalezca la posición del Séptimo Circuito (la cual se encuentra en conflicto con las posiciones de algunos otros circuitos), aquellos que se encuentren preocupados por la privacidad, probablemente recurran al Congreso, y no a las Cortes, para establecer los límites.

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