Carta circular Nº 015/21 Superintendencia de Bancos de la República Dominicana, 22-11-2021

Fecha22 Noviembre 2021
EstatusVigente
Tipo de documentoCarta circular

CARTA CIRCULAR SB:

Núm. 015/21

A las : Entidades de intermediación financiera (EIF), intermediarios cambiarios y personas jurídicas de objeto exclusivo que pertenezcan o presten sus servicios de fideicomiso (fiduciarias) a una EIF o a su controladora.

Asunto : Puesta en vistas públicas de la “Propuesta de modificación del Instructivo de Debida Diligencia”.

Como parte de las acciones enmarcadas dentro de los ejes estratégicos II, IV y VI de este ente supervisor, relativas a la Digitalización, Innovación y Nuevas Tecnologías; Inclusión Financiera y Bancarización; e Integridad del Sistema Financiero, respectivamente, resulta imperante continuar con el fortalecimiento de la normativa vigente y dotar a las entidades supervisadas de lineamientos prácticos y eficientes con la realidad de los mercados financieros.

A través de esta propuesta se integran la optimización de recursos, el uso de nuevas tecnologías y la incursión en líneas de negocios que responden a las necesidades de los usuarios del sistema financiero y las distintas realidades operativas de las EIF, intermediarios cambiarios y fiduciarias, a través de la aplicación de un enfoque basado en riesgos en la debida diligencia, lo que facilita que los sujetos obligados puedan mitigar de manera proporcional y proactiva los riesgos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y de la proliferación de armas de destrucción masiva identificados y sus delitos precedentes.

La versión publicada mediante esta Carta Circular incorpora aclaraciones y precisiones necesarias para un mejor entendimiento; así como, adecuaciones y nuevos aspectos tales como: debida diligencia basada en riesgo, lineamientos para la aplicación y/o actualización de debida diligencia de clientes que involucren la contratación de productos y servicios digitales, vinculación no presencial o remota (onboarding digital) aplicable a nuevos clientes, inclusión financiera, debida diligencia simplificada, política de aceptación de clientes...

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