Circular Nº 202400009 Superintendencia de Bancos de la República Dominicana, 24-06-2024

Fecha24 Junio 2024
Tipo de documentoCircular
EstatusVigente
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Av. México #52, esq. Leopoldo Navarro, Santo Domingo, D.N., República Dominicana,
Código postal 10204, Tel.: 809-685-8141 www.sb.gob.do @SuperdeBancosRD
CIRCULAR SB:
CSB-REG-202400009
A las : Entidades de intermediación financiera (EIF), intermediarios cambiarios
y las personas jurídicas de objeto exclusivo que pertenezcan o presten
sus servicios de fideicomiso (fiduciarias) a una EIF o a su controladora y
a los usuarios de los productos y servicios financieros.
Asunto : Extensión del plazo para tratamiento especial y temporal a clientes de
nacionalidad venezolana con documentos de identidad o pasaportes
vencidos.
Vista : La Constitución dela República Dominicana proclamada el 13 de junio de
2015.
Visto : El literal (e) del artículo 21 de la Ley Núm. 183-02 Monetaria y Financiera
del 21 de noviembre de 2002 (en lo adelante Ley Monetaria y Financiera),
que faculta al Superintendente de Bancos a emitir instructivos,
reglamentos internos y circulares.
Vista : La Ley General de Migración núm. 285-04 del 15 de agosto de 2004.
Vista : La Ley núm. 155-17 co ntra el Lavado de Activos y el Financiamiento del
Terrorismo del 1ero de junio de 2017.
Visto : El Decreto núm. 631-11 del 19 octubre de 2011, que aprueba el
Reglamento de Aplicación de la Ley General de Migración núm. 285-04 del
15 de agosto de 2004.
Visto : El Reglamento de aplicación de la Ley núm. 155-17 contra el Lavado de
Activos, el Financiamiento del Terrorismo y la Proliferación de Armas de
Destrucción Masiva, aprobado mediante el Decreto núm. 408-17 del 16 de
noviembre de 2017.
Vista : La “Declaración del Gobierno Dominicano sobre la Situación de
Venezuela” emitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores el 5 de
enero de 2021.
Vista : La Resolución núm. 02-DGM-2021 del 19 de enero de 2021 dictada
conjuntamente por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio
de Interior y Policía, que normaliza dentro de la categoría de no residente,

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