El cobro del tributo por la tarjeta de turismo

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"El cobro del tributo por la tarjeta de turismo"

Argenis García del Rosario

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RESUMEN:

La administración tributaria ha iniciado recientemente el cobro del tributo a la tarjeta de turista por ingreso al país mediante su incorporación directamente en la compra del boleto aéreo, lo que ha provocado un cobro generalizado que, sin bien habilita el derecho a reembolso cuando no corresponda, en principio no discrimina respecto de quiénes deben cumplir o no con esa obligación fiscal. En las siguientes líneas se analiza la naturaleza jurídica de ese cobro, quiénes deben pagarlo, la validez del monto actualmente cobrado y el mecanismo de reembolso dispuesto a esos fines.

PALABRAS CLAVES:

Tarjeta, turismo, tasa, impuesto, extranjeros, dominicanos, imponible, agente, percepción, sujeto obligado, contribuyente, República Dominicana.

INTRODUCCIÓN

Al escritor y novelista de origen británico Bernard Shaw alguna vez le fue atribuida la frase "…tanto los optimistas como los pesimistas contribuyen a la sociedad. El optimista inventa el avión y el pesimista, el paracaídas". Sea usted optimista o pesimista, si es extranjero, antes de abordar el avión, deberá pagar por la tarjeta de turista. Existe opinión casi generalizada de que el transporte aéreo es uno de los más seguros del mundo y también hay rotundo acuerdo en que es igualmente uno de los más costosos, sobre todo en países como el nuestro en los que la carga impositiva es muy alta. Si usted es de los que persiguen las ofertas de vuelos económicos en las distintas líneas aéreas, debería saber que, sin importar el menor precio que consiga por su tique de abordaje, no se reducirá el monto del pago de los impuestos.

Si va de salida del territorio, aparte del boleto aéreo debe considerar el impuesto por valor agregado (entre nosotros, ITBIS), la tasa de contribución por salida, así como otras tasas aplicables a servicios de aeronáutica. En suma, una gran cantidad de lo que finalmente paga por su pasaje aéreo se va "volando" en tributos. Ahora bien, si usted viene de visita a nuestro paradisiaco país tenga lista la billetera o la tarjeta de pagos para solventar también el tributo que da nacimiento a estas líneas: la adquisición de la tarjeta de turista. ¿Se puede ser turista de su propio país? Es una de las tantas preguntas irónicas que se hacen dominicanos residentes en el exterior cuando, al comprar un billete aéreo fuera del territorio nacional, la línea aérea también le carga el pago de diez dólares norteamericanos por concepto de tarjeta de turista. Veamos en lo adelante quiénes están sujetos a ese pago y cuál es la verdadera naturaleza del tributo en cuestión.

LA TARJETA DE TURISTA, NATURALEZA DEL TRIBUTO Y SUJETOS OBLIGADOS

Desde el pasado 25 de abril de 2018, la tarjeta de turista se incluye en todos los boletos aéreos emitidos fuera del territorio dominicano, empero, ¿dónde nace esta obligación tributaria? Su hecho generador está descrito en la Ley 199 del 9 de mayo del 1966, que autoriza el uso de una tarjeta de turismo con la cual se podrá ingresar al territorio nacional con fines turísticos, sin necesidad de visa consular. En ese sentido, en su artículo 3 la ley considera como turista a toda persona que ingrese en el país por tiempo...

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