Tesis Jurisprudencial de 6 de Febrero de 2002 sobre DEFINICION DE CONCEPTO DE PRESTACIONES LABORALES AMBITO DE APLICACION.

Fecha de Resolución 6 de Febrero de 2002

DEFINICION DE CONCEPTO DE PRESTACIONES LABORALES. AMBITO DE APLICACION:

Que, las indemnizaciones laborales a que tiene derecho un trabajador en ocasión de un despido injustificado, son las sumas que correspondan a la omisión del preaviso, de acuerdo al artículo 79 del Código de Trabajo y del auxilio de cesantía previsto en el artículo 80 de dicho código, para los casos de desahucios ejercidos por el empleador y aplicable a los despidos en virtud del artículo 95 del Código de Trabajo, el cual también establece a título indemnizatorio el pago de una suma igual a los salarios que habría recibido el trabajador desde el día de su demanda hasta la fecha de la sentencia definitiva, sin que en ningún caso exceda de los salarios correspondientes a seis meses;

Que, los valores correspondientes al salario navideño, participación en los beneficios y compensación por vacaciones no disfrutadas no forman parte de las indemnizaciones laborales por despido injustificado, siendo derechos de que disfrutan los trabajadores durante la existencia del contrato de trabajo y que para el caso de que no hayan sido satisfechos en el momento de la terminación del contrato de trabajo deben ser reclamados de manera expresa por los demandantes;

Que, en la especie, los recurrentes se limitaron a solicitar en su demanda introductoria el pago de las prestaciones laborales por despido injustificado y "salarios caídos", sin aludir a ningún otro derecho, por lo que su reclamación de pago de salario navideño, vacaciones y participación en los...

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