La Constitucion, el derecho de la politica

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"La Constitución: el derecho de la política"

Juan Ml. Pellerano Gómez

La organización del Estado y la Constitución que lo rige son medios creados por la sociedad, que se autodirige políticamente como garantía de seguridad de las personas y a la vez para que ellas puedan alcanzar una convivencia pacífica y libre.

Es por lo que ambos, Estado y Constitución, son instrumentos de seguridad política y jurídica. Es a los representantes políticos de la sociedad específicamente facultados por la Constitución a quienes corresponde crear las normas jurídicas que pautarán la conducta de los individuos, y en general, de la vida social.

Así el derecho que produce el Estado procede de un grupo unitario de creación de normas que a la postre responden a la unidad jurídica que representa la Constitución, unidad que excluye la posibilidad de contradicción entre ellas.

Es un derecho que es elaborado sobre los principios generales y abstractos de igualdad y libertad y de todas las consecuencias jurídicas que de ellos se derivan, que apuntan principalmente a la persona, a la propiedad y a los contratos, de tal modo, que aún en los casos no previstos en la ley, es posible dar soluciones en base a las consecuencias que se derivan de todo el sistema jurídico, por lo que suele afirmarse que "el derecho del Estado es un todo unitariamente organizado", al cual, comúnmente se le llama el ordenamiento jurídico.

Las múltiples formas en que el poder político ha estado presente en la historia de la humanidad revelan que la Constitución no es la primera que lo organiza, por el contrario es la última, cuya implantación como instrumento jurídico que rige el Estado, es a la vez la culminación del proceso político que la crea y el inicio del nuevo poder político que organiza.

Esto quiere decir que el proceso político que culminó con la separación del Estado haitiano y la consecuente organización de la nación dominicana en Estado independiente tuvo como acto final la proclamación y entrada en vigencia de la Constitución de la República, el 6 de noviembre de 1844.

Así, la Constitución es el punto de llegada o terminación de ese proceso por el que se funda el Estado, y a la vez, es el punto de partida o de inicio del ordenamiento jurídico contenido en ella, que es el del Derecho Constitucional creado por el Estado recién organizado.

Al ser la Constitución la expresión del Derecho con que culminó la formación del Estado y al estar destinada, por las estructuras jurídicas que...

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