El contrato de alta direccion, relacion laboral

Páginas70014471

El contrato de alta dirección: ¿relación laboral?

Tomás Hernández Metz

Socio de Headrick Rizik Alvarez & Fernandez.

RESUMEN:

Nuestra legislación laboral contempla el mismo tratamiento para el trabajador ordinario que para el empleado que ocupa un puesto de alta dirección. Esto ocasiona distorsiones en cuanto al fin que persigue el derecho del trabajo, por lo que se requiere un análisis que permita ponderar la necesidad de un estatuto legal diferente para cada tipo de trabajador.

PALABRAS CLAVES:

Alta dirección, trabajador de confianza, administrador, empleador, trabajador, subordinación jurídica, contrato de trabajo, relación laboral, derecho laboral, República Dominicana.

¿JUEZ Y PARTE A LA VEZ?

Los trabajadores recibieron la noticia con beneplácito: se implementaba un bono vacacional, también recibirían un pago complementario para la compra de libros y útiles con la llegada del nuevo año escolar de sus hijos. Los nuevos beneficios alcanzaban al personal ejecutivo y a la vez, para estos, se creó un incentivo que les permitiría incrementar su salario anual de manera significativa con solo tener que cumplir con un porcentaje de sus responsabilidades administrativas cotidianas. El memorando indicaba que los valores por esos conceptos se recibirían de manera completa aun en caso de terminación de la relación laboral.

Nada de esto cambió la precaria situación económica de la empresa, pero sus ejecutivos habían mejorado notablemente su paquete de beneficios, incluyendo la del director general de la empresa, quien con los poderes concedidos por la Junta de Accionistas no tenía que consultar, ni tener la aprobación de esta, para decidir e implementar dichas medidas, las cuales encontraron mayor justificación en la mejoría que recibirían los miembros de la alta dirección de la compañía, que en los efectos que conllevarían para esta.

En contraste con la situación anterior, el derecho del trabajo se origina como consecuencia de la realidad de desigualdad jurídica, económica y social que se suscita en las relaciones entre trabajador y empleador por lo que, “ha sido y es un derecho protector de los trabajadores”, cuyo fin esencial es establecer el equilibrio necesario para compensar esa desigualdad. Inclusive, esa situación afecta el principio de la autonomía de la voluntad, razón por la cual se requiere la intervención estatal mediante la imposición de un conjunto de normas que establecen las condiciones mínimas de ejecución en todo contrato de trabajo.

La doctrina dominicana se expresa en ese sentido, al afirmar que:

En lo que respecta a la autonomía de la voluntad, el contrato de trabajo ha sido ampliamente mutilado en su contenido, pues las obligaciones de las partes se encuentran fijadas por la ley o el convenio colectivo.

Ahora bien, tomando en consideración el fin primordial de esa tutela legal, cabría preguntarnos: ¿es necesaria esa tutela cuando no se manifiestan los patrones de desigualdad jurídica, económica y social que la han propiciado? A nuestro entender, la aplicación absoluta de la norma obra en perjuicio del equilibrio buscado entre el capital y el trabajo, en especial cuando no se toman en cuenta las diversas variables...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR