Tesis Jurisprudencial de 25 de Marzo de 1998 sobre CONTRATO DE TRABAJO PAGO POR COMISION PRESUNCION DE CONTRATO DE TRABAJO.

Fecha de Resolución25 de Marzo de 1998

CONTRATO DE TRABAJO. PAGO POR COMISION. PRESUNCION DE CONTRATO DE TRABAJO:

Que el denominado pago por comisión es una forma de remuneración del trabajador subordinado, teniendo en cuenta la unidad de rendimiento y el mismo no determina la naturaleza del contrato de trabajo, ni hace aplicable los articulos del Código de Comercio relativos a los comisionistas, pues el trabajador que reciba un salario por comisión tiene los mismos derechos que el trabajador que reciba su salario por unidad de tiempo, sin convertirse, por la forma en que recibe su salario, en un comisionista regido por el Código de Comercio;

Sentencia No. 53, 25-03-98, B.J.N. 1048, página 612.

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