Tesis Jurisprudencial de 1 de Abril de 1974 sobre CONTRATOS DE TRABAJO.

Fecha de Resolución 1 de Abril de 1974

CONTRATOS DE TRABAJO.

Cuando varios trabajadores demandan a su no por la misma causa, es discrecional para el juez acumular las demandas falladas por una sola sentencia.

CONSIDERANDO, que si bien es verdad cuando varios trabajadores demandan a su patrono por una misma causa, y demandas se instruyen mediante un solo procedimiento de información testimonial, los jueces del fondo pueden acumular dichas demandas para as por una sola sentencia, tal actuación es, dentro de nuestra Legislación al, relativa al procedimiento, una cuestión discrecional, que no se impone a J. como lo entiende la recurrente, ya que los artículos del 469 al 475 del o de Trabajo que se refieren, a las acciones y a su acumulación, no están vigentes, pues los procedimientos a seguir en esa materia, mientras no estén funcionando los tribunales de trabajo, son los indicados por los artículos del 47 3 de la Ley 637 de 1944, tal como lo dispone expresamente el artículo 691 Código de Trabajo, y aquéllos establecidos por...

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