Tesis Jurisprudencial de 19 de Abril de 1963 sobre CONTRATOS DE TRABAJO.

Fecha de Resolución19 de Abril de 1963

CONTRATOS DE TRABAJO.

Las prescripciones establecidas en los artículos 658 y 659 deben ser asimiladas a las cortas prescripciones del Código Civil.

CONSIDERANDO, que, en efecto, la Cámara a-qua, para acoger la prescripción alegada por la ahora recurrida ha expresado en su sentencia lo siguiente: que la brevedad de las prescripciones laborales está fundada en el alto interés social que tiene la materia laboral y la armonía que debe reinar entre obreros y patronos; que asimismo las disposiciones del artículo 2275 del Código Civil son aplicables limitativamente a las prescripciones de los artículos 2271 y siguientes del mismo Código y no a otras prescripciones cortas instituidas por otros artículos de dicho Código, ni mucho menos a las prescripciones de leyes especiales como son nuestras leyes de trabajo;

CONSIDERANDO, que es criterio de la Surpema Corte de Justicia, que las prescripciones establecidas en los artículos 658 y 659 del Código de Trabajo deben ser asimiladas a las cortas prescripciones del Código Civil, y, por tanto, les es aplicable la regla común característica de las prescripciones fundadas en una presunción de pago, o sea, la posibilidad para el acreedor de combatirlas demandando al deudor prestar el juramento de que ha pagado; que esta jurisdicción ha sentado el referido criterio por aplicación del artículo 552 del Código de Trabajo, que dispone "que en los procedimiento relativos a conflictos jurídicos, cualquiera de las partes podrá deferir a la otra el juramento decisorio", sin excluir las prescripciones; y, en vista de que antes de la entrada en vigor de las leyes especiales del trabajo la prescripción de las acciones de los trabajores eran incluidad entre las cortas prescripciones de Código Civil;

CONDIDERANDO, que en especie, el examen de la sentecia impugnada pone de manifiesto: Primero: que actual recurrente solicitó por conclusiones formales que el fuera referido el juramento decisorio a su contraparte, ahora recurrida; Segundo: que, eb fecha 19 de abril de 1963, la Cámara aqua, dictó una setencia ordenando la medida solicitada;...

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