Tesis Jurisprudencial de 1 de Febrero de 1968 sobre CONTRATOS DE TRABAJO.

Fecha de Resolución 1 de Febrero de 1968

CONTRATOS DE TRABAJO.

La presentación del acto de apelación es un requisito esencial.

CONSIDERANDO que la presentación del acto de apelación es un requisito esencial, pues es solamente mediante dicho acto que se puede hacer la prueba de la existencia del recurso, como determinar la extensión del apoderamiento del Juez de segundo grado; que si es cierto que conforme el artículo 56 de la Ley No. 637, según la cual el Juez de trabajo puede disponer que se subsanen aquellas irregularidades y omisiones en el procedimiento que no sean de una gravedad tal que imposibiliten al Tribunal, a juicio de éste, conocer y juzgar los casos sometidos, ello no podría resultar, tratándose como en la especie de la falta de presentación del acto de apelación, sino de que en el expediente mismo exista constancia seria que acredite la existencia de dicho acto;

CONSIDERANDO que de las comprobaciones hechas por la Cámara a-qua, según se desprende de la decisión impugnada, no revela que el recurrente aportara al acto de apelación ni documento alguno que acredite' seriamente su existencia; que por tanto es preciso decidir que la Cámara-qua, al...

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