Tesis Jurisprudencial de 1 de Diciembre de 1965 sobre CONTRATOS DE TRABAJO.

Fecha de Resolución 1 de Diciembre de 1965

CONTRATOS DE TRABAJO.

La sola declaración del trabajador no puede servir como elemento de prueba.

CONSIDERANDO que el demandante en contrato de trabajo, puede hacer la prueba de sus derechos por todos los medios establecidos por el artículo 57 de la Ley 637 de 1944, pero no por su sola declaración aun dada en comparecencia personal, la cual constituye un simple alegato que el demandado puede limitarse a negar sin tener que probar nada, cuando la comparecencia no versa sobre hechos personales al declarante.

B.J. 661, página 1069, diciembre de 1965.

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