Tesis Jurisprudencial de 21 de Octubre de 1940 sobre DACION EN PAGO.

Fecha de Resolución21 de Octubre de 1940

DACION EN PAGO.

Abogados que reciben como honorarios un inmueble. Alegato de fraude en la dación en pago. Acción pauliana. Sentencia carente de base legal. Casación.

Si bien la apreciación de la existencia o no existencia del fraude es atribuida a los jueces del fondo, ello no significa que dichos jueces tengan, en esa materia, un poder discrecional consagrado por las leyes, que les permita no fundamentar en hecho y en derecho, su decisión acerca de tal punto; por otra parte, si bien los motivos de una sentencia no requieren, a su vez, ser motivados, tal prescripción no significa que la solución que se dé, en lo que aparezca en forma de motivos, a puntos esenciales del litigio, no deba ser motivada en hecho y en derecho; al depender el buen éxito de la acción pauliana intentada de la existencia de los elementos constitutivos de la connivencia de los recurridos en el fraude del deudor, el tribunal a-quo estaba llamado a exponer y examinar los hechos, comprobados de acuerdo con las reglas sobre la...

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