Decreto Nº 11-19. Decreto que Concede Pensiones Especiales Solicitadas por el Consejo Nacional de la Persona Envejeciente.

Fecha de disposición07 Enero 2019
Número de Decreto11-19
Fecha de publicación14 Enero 2019
Número de registro3393354
Número de Gaceta10928
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA.
-53-
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DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los siete (7) días del mes de enero del año dos mil diecinueve (2019); año
175 de la Independencia y 156 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Dec. núm. 11-19 que concede pensiones especiales solicitadas por el Consejo Nacional
de la Persona Envejeciente. G. O. No. 10928 del 14 de enero de 2019.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 11-19
VISTO: El artículo 57 de la Constitución de la República, proclamada el 13 de junio de
2015.
VISTA: La Ley núm. 379, del 11 de diciembre de 1981, sobre Pensiones y Jubilaciones
Civiles del Estado.
VISTO: El oficio núm. 1653, del 21 de mayo de 2018, dirigido al presidente de la
República por el director general de Jubilaciones y Pensiones del Ministerio de Hacienda,
donde solicita pensiones especiales del Consejo Nacional de la Persona Envejeciente.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión especial
del Estado dominicano, por un monto de ocho mil pesos dominicanos con 00/100
(RD$8,000.00) a las siguientes personas:
Núm.
Nombres y apellidos
Cédula de identidad y
electoral
1
Alejandro Frías Valdez
055-0014289-7
2
Alberto Mendoza
001-0979013-9
3
Alfredo de León
001-0040803-8
4
Altagracia Guzmán
001-0334188-9

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